Un tribunal es el ¡®Robin Hood¡¯ de la UE
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea se ha convertido en herramienta ciudadana para parar atropellos de Estados y Administraciones: de las cl¨¢usulas abusivas de hipotecas a cuestiones de igualdad
El historiador brit¨¢nico Eric Hobsbawm fue uno de los primeros intelectuales que percibieron la relevancia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea. En una conferencia dictada en el Centre de Cultura Contempor¨¤nia de Barcelona en 2007, el eminente pensador marxista sorprendi¨® al auditorio al enfatizar la relevancia de esta instituci¨®n. ¡°Europa¡±, dijo, ¡°no tiene un poder ejecutivo y tampoco tiene un poder legislativo¡±. ¡°Ahora bien¡±, precis¨®, ¡°tenemos un Tribunal Supremo: que es parecido al Supremo estadounidense, un poder judicial que act¨²a en toda Europa¡, que es aceptado como superior a la ley local en algunos aspectos importantes¡±.
En aquel momento, el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) era bastante ignorado. Hoy d¨ªa sigue siendo poco conocido a pesar de que est¨¢ contribuyendo de manera decisiva a incrementar los derechos sociales y econ¨®micos de los ciudadanos europeos. De hecho, su poder e influencia se han ido fraguando sigilosamente hasta desbordar los objetivos de los Estados fundadores de la Uni¨®n, como tambi¨¦n hab¨ªa se?alado el historiador Tony ?Judt en su colosal obra Postguerra. El ensayista record¨® que el Tribunal de Justicia de la UE, establecido en 1952 y con sede en Luxemburgo, empez¨® teniendo la limitada tarea de garantizar que la legislaci¨®n del derecho comunitario se interpretara igualmente en cada uno de los Estados miembros. Pero ?Judt puntualiz¨® que a finales del siglo XX se autoriz¨® a sus jueces, uno por cada pa¨ªs, a solucionar los problemas que surgieran entre los Estados, as¨ª como a entender sobre recursos contra instancias judiciales inferiores, y asumi¨® muchos de los atributos de un Tribunal de Apelaciones paneuropeo. Seg¨²n el profesor de Oxford y Berkeley, ¡°muy pocos juristas o legisladores, ni siquiera de los pa¨ªses m¨¢s europe¨ªstas, habr¨ªan estado dispuestos a renunciar a la primac¨ªa jur¨ªdica local si se les hubiera pedido inicialmente¡±.
Cuando se piensa en la UE, siempre se piensa en la Comisi¨®n, el Consejo o el Parlamento Europeo. Pero lo cierto es que la influencia del TJUE no ha cesado de crecer. Sus sentencias han reforzado los derechos de los ciudadanos en el medio ambiente, vivienda, consumo, fiscalidad, asuntos sociales, y han combatido la desigualdad por raz¨®n de sexo. Los mayores progresos se han producido en pa¨ªses con una legislaci¨®n poco protectora como Espa?a. En esencia, los jueces de Luxemburgo elevan la calidad de vida de los ciudadanos.
La actividad del TJUE que m¨¢s afecta al ciudadano es garantizar que la legislaci¨®n europea se aplique correctamente. Esta funci¨®n se realiza a trav¨¦s de las cuestiones prejudiciales. Cuando un juez tiene dudas sobre si una ley nacional no es conforme con la normativa europea, puede acudir al Tribunal de Justicia para que decida cu¨¢l debe ser la interpretaci¨®n adecuada. Igualmente debe resolver si una norma europea se aplica correctamente en su pa¨ªs.
Defensa del ciudadano
¡°El papel del Tribunal de Justicia es muy importante¡±, explica Blanca Vil¨¤, catedr¨¢tica de Derecho Internacional, ¡°porque posibilita la defensa de un ciudadano frente a los poderes de la Administraci¨®n y del Estado. Cualquier magistrado, aunque solo sea un juez de paz, puede acudir al TJUE y obtener justicia¡±.
Hay dos normas que han sido claves para reforzar los derechos de los europeos: la Directiva 93/13, sobre cl¨¢usulas abusivas de 1993, y, sobre todo, la Carta de Derechos Fundamentales de la Uni¨®n Europea, vincu?lante desde 2009. En Espa?a, millones de ciudadanos se han visto directamente beneficiados por las resoluciones del Tribunal de Justicia. En los primeros 30 a?os de pertenencia a la UE, los jueces espa?oles presentaron 354 cuestiones prejudiciales ¡ª53 por el Tribunal Supremo¡ª sobre un total de 8.710 de toda la UE.
Los derechos que deber¨ªamos tener como ciudadanos los estamos consiguiendo como consumidores gracias al TJUE
Con los a?os hay dos principios que se han ido consolidando: la primac¨ªa del derecho comunitario sobre los derechos nacionales y la obligaci¨®n del juez de intervenir de oficio para reequilibrar la situaci¨®n de inferioridad en que se encuentra el consumidor frente a las empresas y profesionales.
La aprobaci¨®n de la directiva sobre cl¨¢usulas abusivas en 1993 represent¨® un gran avance. Esta norma trataba de hacer frente a los ¡°contratos de adhesi¨®n¡± que proliferaron en el apogeo del capitalismo industrial en las relaciones entre empresas y consumidores. Estos contratos se basaban en la superioridad econ¨®mica de las compa?¨ªas, que impon¨ªan a los clientes unas cl¨¢usulas redactadas previamente y sin negociar. La aplicaci¨®n de esta directiva ha permitido a millones de ciudadanos resarcirse por los perjuicios causados por los contratos de adhesi¨®n como los de las hipotecas repletas de cl¨¢usulas abusivas que no fueron negociadas. En el caso de las cl¨¢usulas suelo, impulsado por el juez de Granada Enrique Sanju¨¢n, m¨¢s de medio mill¨®n de afectados han recuperado ya m¨¢s de 2.300 millones de euros.
Para el magistrado Ignasi Fern¨¢ndez de Senespleda, ¡°el TJUE es el ¨²nico organismo de la UE cuyas decisiones afectan directamente a todos los ciudadanos europeos. Y esto crea un sentimiento de pertenencia a la Uni¨®n muy grande¡±.
La lucha contra las cl¨¢usulas abusivas en Espa?a registr¨® un fuerte impulso en 2012 a ra¨ªz del alud de desahucios causados por la crisis econ¨®mica. Sobre este asunto, el magistrado Jos¨¦ Mar¨ªa Fern¨¢ndez Seijo present¨® una cuesti¨®n prejudicial que culmin¨® en 2013 con la sentencia de Mohamed Aziz, que autoriz¨® al juez a examinar si un contrato hipotecario conten¨ªa cl¨¢usulas abusivas. ¡°El proceso hipotecario espa?ol estaba blindado de manera que el juez no pod¨ªa intervenir¡±, explica Fern¨¢ndez Seijo. ¡°Lo que dijo el TJUE¡±, prosigue el magistrado, ¡°es que el juez puede actuar y comprobar si hay una cl¨¢usula abusiva¡±. La sentencia estableci¨® que la legislaci¨®n espa?ola era contraria a la comunitaria al no permitir la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n. Adem¨¢s, defini¨® los criterios para determinar la abusividad en el vencimiento anticipado. La cl¨¢usula del vencimiento anticipado ha tenido unos efectos pavorosos porque durante a?os ha permitido a los bancos reclamar toda la deuda pendiente por el simple impago de un solo recibo. Las secuelas se han traducidoen unas 400.000 familias que han sido desahuciadas.
Fern¨¢ndez Seijo hab¨ªa sido un pionero en acudir al TJUE en materia de consumidores. A finales del siglo pasado ya hab¨ªa presentado una cuesti¨®n prejudicial que condujo a la sentencia del caso Oc¨¦ano del a?o 2000, ¡°en la que el tribunal nos dio instrumentos a los jueces para que pudi¨¦ramos controlar las cl¨¢usulas abusivas en los contratos con consumidores¡±. Seg¨²n el magistrado, a ra¨ªz del caso Aziz, el Tribunal Supremo se ha puesto las pilas y es una locomotora en la defensa del derecho comunitario, siendo ¨¦l mismo el que ha presentado varias cuestiones prejudiciales, como en el caso del vencimiento anticipado.
El pr¨®ximo 26 de marzo se publicar¨¢ la sentencia definitiva del TJUE sobre las cinco cuestiones prejudiciales sobre vencimiento anticipado presentadas por jueces y tribunales espa?oles, incluido el Tribunal Supremo. Seg¨²n Fern¨¢ndez Seijo, el fallo tendr¨¢ importantes consecuencias econ¨®micas y sociales, pues de ella dependen unos 80.000 desahucios que est¨¢n paralizados en las Audiencias y en los juzgados de Primera Instancia.
Sigue siendo poco conocido, pero contribuye de forma decisiva a aumentar los derechos econ¨®micos y sociales de los europeos
El Supremo, a rebufo del TJUE
En los ¨²ltimos a?os, el TJUE ha dado varios tirones de orejas al Tribunal Supremo, que se ha visto obligado a modificar expresamente su doctrina. En un encuentro con los notarios catalanes en marzo de 2017, el magistrado del Supremo Pedro Jos¨¦ Vela reconoci¨® el impacto de las sentencias de Luxemburgo: ¡°El viaje del Tribunal Supremo desde 2012 hasta ahora¡±, dijo, ¡°ha sido complicado, con inseguridades, pocas certezas y muchas perplejidades¡±. A su juicio, se cuestiona no solo la norma, sino la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Y en su opini¨®n, la Directiva 93/13 cambi¨® las reglas del juego: ¡°El TJUE extrem¨® los principios de efectividad y los tribunales nacionales vamos a rebufo de esa interpretaci¨®n, asumiendo nuestra condici¨®n de jueces de la Uni¨®n y haciendo lo que dice el TJUE¡±.
Dentro del Alto Tribunal espa?ol existe una pugna jur¨ªdica y la correlaci¨®n de fuerzas es cada vez m¨¢s favorable a los m¨¢s europe¨ªstas. Ha sido notable la labor del magistrado Javier Ordu?a con sus reiterados votos particulares a favor de la doctrina comunitaria. Una postura que ha sido destacada por el abogado general Maciej Szpunar en 2018.
El caso de Mohamed Aziz fue defendido de manera heroica por el abogado Dionisio Moreno en Espa?a y en Luxemburgo. Moreno, uno de los juristas que mejor conocen el derecho europeo, proclama: ¡°Menos mal que tenemos el TJUE¡±. Pero lamenta ¡°el gran desconocimiento¡± de muchos jueces del derecho comunitario. Censura que, por ejemplo, la sentencia del TJUE del caso Pe?alva ¡ªque dec¨ªa que las notificaciones por el BOE no son v¨¢lidas¡ª no la ha querido aplicar ning¨²n juez, por lo que tenemos que esperar a que se dicte una ley que recoja la doctrina del TJUE para que sea aplicable. ¡°Esto ha supuesto que se hayan ejecutado desalojos de personas que se pod¨ªan amparar¡±, subraya.
¡°Es el ¨²nico organismo de la UE cuyas decisiones afectan directamente a todos los ciudadanos¡±, dice un juez
La abogada Ver¨®nica D¨¢valos, que ha defendido varios casos en la Corte de Luxemburgo, tiene las paredes de su despacho decoradas con los nombres y fechas de las principales sentencias del tribunal europeo. Esta letrada, que recita de memoria los p¨¢rrafos esenciales de estas resoluciones, sostiene que ¡°los derechos que deber¨ªamos tener como ciudadanos los estamos consiguiendo como consumidores por el TJUE¡±.
Jes¨²s S¨¢nchez, presidente de la comisi¨®n de normativa del Colegio de Abogados de Barcelona, que domina como pocos la jurisprudencia de Luxemburgo, sostiene que el conflicto por el vencimiento anticipado con el TJUE se habr¨ªa evitado si el Tribunal Constitucional hubiera aceptado el recurso que hab¨ªa presentado previamente el magistrado Guillem Soler. Este magistrado ha recurrido tambi¨¦n al TJUE por la misma materia.
Hay otras cuestiones prejudiciales pendientes. El magistrado Francisco Gonz¨¢lez de Audicana present¨® una pregunta sobre el ¨ªndice ?IRPH de las hipotecas, calificado de abusivo por varios jueces. Hay m¨¢s de un mill¨®n de afectados y la vista se celebr¨® el pasado 25 de febrero. ?l tiene muy interiorizado que ¡°los jueces somos el ¨²ltimo recurso de los ciudadanos¡±. Y subraya que ¡°primero somos jueces europeos y despu¨¦s somos jueces espa?oles¡±.
Fernando Zunzunegui, profesor de Derecho del Mercado Financiero de la Universidad Carlos III y autor de un informe sobre cl¨¢usulas suelo e hipotecas multidivisa para el Parlamento Europeo, sostiene que ¡°gracias a las cuestiones prejudiciales de los jueces espa?oles se est¨¢ construyendo un derecho de los consumidores europeos muy importante¡±.
Don Quijote, en Luxemburgo
Los procedimientos en el tribunal europeo son mucho m¨¢s flexibles. En el caso Elecdey Carcel¨¦n, en el que cuatro compa?¨ªas e¨®licas impugnaron el canon e¨®lico establecido por una ley castellano-manchega de 2011, la abogada general Juliane Kokott inici¨® sus conclusiones con las siguientes palabras: ¡°Don Quijote ya luch¨® contra los molinos de viento en la regi¨®n espa?ola de La Mancha. No sorprende, por tanto, que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha deba conocer un nuevo litigio relativo a la energ¨ªa e¨®lica¡±. Al final, Luxemburgo dio la raz¨®n al Gobierno aut¨®nomo.
Los derechos de los brit¨¢nicos saldr¨¢n muy mal parados si abandonan la UE. El pasado junio, el TJUE declar¨® que la legislaci¨®n brit¨¢nica sobre pensiones p¨²blicas era discriminatoria por motivo de sexo. Imped¨ªa el derecho a la pensi¨®n a una mujer transexual si no se divorciaba.
En derecho laboral, aunque la mayor¨ªa de sentencias son protectoras, hay resoluciones problem¨¢ticas. En los casos Laval, Viking, R¨¹ffert y Luxemburgo de 2007 y 2008, el TJUE ya prioriz¨® el derecho a la libre prestaci¨®n de servicios frente a los derechos sociales como el derecho de huelga. La ¨²ltima sentencia del?caso Porras, que rectific¨® la doctrina que hab¨ªa reconocido el derecho de los trabajadores temporales a tener la misma indemnizaci¨®n de 20 d¨ªas que los fijos, ha sido un rev¨¦s. La propuesta del TJUE de trasladar la decisi¨®n al tribunal espa?ol es un mal precedente por volver a la soberan¨ªa nacional, una tendencia lamentable en el campo pol¨ªtico que hasta ahora hab¨ªa esquivado el tribunal.
Urge que los derechos del pilar social europeo se incorporen como anexo al Tratado, como se hizo con la Carta de Derechos Fundamentales, para dar m¨¢s armas a los jueces. En definitiva: si queremos un TJUE m¨¢s social, habr¨¢ que darle las normas adecuadas.
Independiente del poder financiero
Las sentencias del Tribunal de Justicia han venido como agua de mayo a los jueces espa?oles para proteger a los ciudadanos ante las deficiencias del derecho espa?ol, que llevaba 100 a?os de retraso respecto a algunos pa¨ªses europeos en materia de cl¨¢usulas abusivas.
Los jueces de Luxemburgo no se han dejado impresionar por los argumentos esgrimidos por la banca, el Banco de Espa?a y el Gobierno que invocaban el riesgo de trastornos econ¨®micos graves si se devolv¨ªa el dinero indebidamente cobrado de m¨¢s a los hipotecados con cl¨¢usulas suelo.
Las sentencias del TJUE suponen una humanizaci¨®n de la Justicia. Son f¨¢ciles de comprender y, en ellas, la defensa del consumidor prevalece ante cualquier otra consideraci¨®n. Hace falta incorporarlas a nuestras leyes.
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