Las dudas legales dificultan el intento del Gobierno de juzgar los cr¨ªmenes del franquismo
Las enmiendas de PSOE y Podemos para sortear la amnist¨ªa de 1977 chocan con la norma clave de la irretroactividad, que impide juzgar el pasado con leyes de hoy
La enmienda registrada por PSOE y Unidas Podemos a la Ley de Memoria Democr¨¢tica pretende abrir la puerta a juzgar los cr¨ªmenes del franquismo sorteando los obst¨¢culos legales que se han encontrado hasta ahora los partidarios de impulsar estas investigaciones, pero jueces, fiscales y abogados consultados por EL PA?S dudan de que consiga su prop¨®sito. Supone un paso importante en el ¨¢mbito de los derechos humanos, admiten los juristas, pero la primera interpretaci¨®n que la mayor¨ªa extrae de las enmiendas no permite concluir que el texto pactado por los dos grupos que forman el Gobierno implique de forma directa la posibilidad de enjuiciar los cr¨ªmenes del franquismo y condenar a los responsables que queden vivos.
Existe un amplio consenso jur¨ªdico al respecto de que los asesinatos o torturas cometidos por el r¨¦gimen de Franco se consideran delitos de lesa humanidad, un concepto fijado en el derecho internacional que define un ataque generalizado o sistem¨¢tico contra la poblaci¨®n civil por raz¨®n de pertenencia a un grupo perseguido por motivos pol¨ªticos, raciales, ¨¦tnicos, religiosos u otros reconocidos como inaceptables. Pero este reconocimiento no ha bastado para que los tribunales espa?oles permitan investigar esos cr¨ªmenes, a lo que se han negado tanto el Tribunal Supremo como el Constitucional. ?Les obligar¨ªa la futura Ley de Memoria, en caso de incorporar las nuevas enmiendas, a cambiar esa interpretaci¨®n? El texto presentado por PSOE y Unidas Podemos puede afectar a algunos de los argumentos esgrimidos por los tribunales, pero deja vivos otros que, seg¨²n la mayor¨ªa de los juristas, seguir¨ªan impidiendo enjuiciar los cr¨ªmenes de la dictadura.
La sentencia del Tribunal Supremo que absolvi¨® al juez Baltasar Garz¨®n de prevaricaci¨®n por investigar los cr¨ªmenes del franquismo asent¨® las bases de la jurisprudencia del alto tribunal. Los magistrados sostuvieron que nadie puede ser condenado por estos cr¨ªmenes por tres razones.
La primera, por el efecto de la Ley de Amnist¨ªa, que extingue la responsabilidad criminal sobre los delitos de motivaci¨®n pol¨ªtica cometidos antes de 1976. La segunda raz¨®n del Supremo parte del principio de legalidad penal (recogido en el art¨ªculo 9.3 de la Constituci¨®n), que proh¨ªbe la aplicaci¨®n retroactiva perjudicial de la legislaci¨®n penal a los hechos ocurridos antes de que esas normas entraran en vigor. De este modo, seg¨²n el Supremo, no es posible aplicar retroactivamente el derecho penal internacional que tipifica los delitos contra la humanidad, ya que estas normas no estaban vigentes cuando se cometieron esos cr¨ªmenes. Adem¨¢s, los cr¨ªmenes de lesa humanidad no se incorporaron al C¨®digo Penal espa?ol hasta 2004, por lo que este mismo principio de legalidad impide aplicar ese delito a cualquier acto cometido antes de esa fecha.
Aunque un sector de la judicatura considera que los cr¨ªmenes de lesa humanidad no est¨¢n sujetos al principio de legalidad, el Supremo y el Constitucional no lo interpretan as¨ª. ¡°Esta exigencia del principio de legalidad es aplicable al derecho penal internacional, convencional y consuetudinario¡±, advirti¨® el Supremo en la sentencia sobre Garz¨®n.
Para salvar este escollo, la mayor¨ªa de las querellas presentadas por hechos cometidos durante el franquismo alegan el crimen de lesa humanidad como delito principal, pero a?aden un subtipo delictivo que va desde las torturas o la detenci¨®n ilegal al asesinato, que s¨ª estaban vigentes durante el franquismo. Pero entonces se encuentran con el tercer obst¨¢culo planteado por el Supremo para investigar los cr¨ªmenes de la dictadura: la prescripci¨®n. Todos los posibles delitos cometidos bajo el r¨¦gimen franquista est¨¢n prescritos, por lo que no podr¨ªan enjuiciarse ahora.
La enmienda presentada por Unidas Podemos y el PSOE declara que los delitos de lesa humanidad, incluso los incluidos en la Ley de Amnist¨ªa, ni prescriben ni se pueden amnistiar. Este precepto, una vez incorporado a la ley, podr¨ªa servir para esquivar dos de las razones alegadas por el alto tribunal para impedir investigar esos cr¨ªmenes, pero seguir¨¢ quedando el obst¨¢culo de la irretroactividad, insalvable con esta enmienda seg¨²n la mayor¨ªa de los juristas consultados. ¡°Este texto mejora la redacci¨®n actual de la ley de memoria hist¨®rica porque hasta ahora se obviaban los efectos de la Ley de Amnist¨ªa para investigar los cr¨ªmenes del franquismo¡±, afirma Jacinto Lara, abogado de la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (Ceaqua). La futura norma lanza un mensaje a los jueces sobre c¨®mo hay que interpretar la ley de 1977, pero la nueva redacci¨®n no termina con el escollo del principio de legalidad, advierte Lara, ya que este es un derecho fundamental que no puede ser retocado mediante una norma ordinaria como es la ley de memoria. El abogado recuerda que en las Cortes se han registrado varias iniciativas de modificaci¨®n del C¨®digo Penal para que el principio de legalidad se interprete de acuerdo con el Derecho Internacional, lo que, en su opini¨®n, desbloquear¨ªa las investigaciones de los cr¨ªmenes del franquismo. Pero, por ahora, ninguna de estas iniciativas ha prosperado.
Los juristas partidarios de que se puedan investigar todos los cr¨ªmenes de lesa humanidad, incluidos los del franquismo, aplauden no obstante las enmiendas introducidas a la Ley de Memoria Democr¨¢tica. ¡°El texto es muy acertado porque recuerda a los tribunales la obligaci¨®n de cumplir con el Derecho Internacional, que es de aplicaci¨®n directa¡±, se?ala In¨¦s Herreros, presidenta de la Uni¨®n Progresista de Fiscales. Herreros recuerda que los cr¨ªmenes de lesa humanidad no prescriben, no se pueden amnistiar y su persecuci¨®n no depende de la regulaci¨®n del pa¨ªs en el momento en que se produjeron, pero el Supremo y el Constitucional, advierte la fiscal, ¡°han orillado¡± el Derecho Internacional en sus resoluciones. ¡°Por eso tiene valor que la futura Ley de Memoria establezca que los compromisos internacionales firmados por Espa?a impiden que a estos cr¨ªmenes se les pueda aplicar la irretroactividad o la amnist¨ªa o la prescripci¨®n¡±, se?ala Herreros.
Algunos juristas consultados advierten, no obstante, de que aunque la futura Ley de Memoria intente imponer una nueva interpretaci¨®n jur¨ªdica que posibilite las investigaciones de los cr¨ªmenes de la dictadura, mientras no se derogue a Ley de Amnist¨ªa se puede producir una contradicci¨®n jur¨ªdica que, en la pr¨¢ctica, mitigue los efectos de la nueva norma. Los jueces tendr¨¢n una nueva ley que les diga que los cr¨ªmenes contra la humanidad, incluidos los del franquismo, no se pueden amnistiar, pero seguir¨¢ en vigor la norma aprobada en 1977 que establece lo contrario.
Entre los jueces, fiscales o abogados consultados por EL PA?S hay tambi¨¦n quienes consideran que la Ley de Amnist¨ªa no es un muro infranqueable para investigar los ataques cometidos por la dictadura. As¨ª lo defend¨ªan dos magistrados del Constitucional ¡ªMar¨ªa Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol¡ª en el voto particular que presentaron en septiembre pasado contra la decisi¨®n mayoritaria de no admitir un recurso de amparo presentado por el ex secretario general del PCE Gerardo Iglesias por las detenciones y torturas que sufri¨® entre 1964 y 1974.
Fabi¨¢n Salvioli, relator de la ONU para la promoci¨®n de la verdad, la justicia, la reparaci¨®n y las garant¨ªas de no repetici¨®n, as¨ª como abogado especializado en derechos humanos, opina que ¡°la ley deber¨ªa dejar bien claro que no se puede aplicar una amnist¨ªa a la investigaci¨®n de esos cr¨ªmenes pese al bloqueo del Supremo y el Constitucional¡±, informa Natalia Junquera. ¡°De acuerdo a los est¨¢ndares internacionales¡±, a?ade, ¡°y as¨ª lo recuerdo en mi ¨²ltimo informe al Consejo de Derechos Humanos, los Estados tienen la obligaci¨®n de hacer rendir cuentas por cr¨ªmenes de esta magnitud. En Alemania se acaba de juzgar a una persona que particip¨® en los campos de concentraci¨®n y tiene 101 a?os¡±.
Su predecesor en el cargo, Pablo de Greiff, que ha asesorado al Gobierno en la elaboraci¨®n de la norma, explica que ¡°las obligaciones internacionales de Espa?a¡± en este sentido son previas a la Ley de Amnist¨ªa, porque ¡°Espa?a ratific¨® el Pacto Internacional de Derechos Pol¨ªticos y Civiles en abril de 1977 y la Ley de Amnist¨ªa es de octubre de ese a?o¡±. En todo caso, De Greiff pide ¡°no desaprovechar la oportunidad que brinda la ley para seguir avanzando¡±, recuerda que otros pa¨ªses tienen en su ordenamiento jur¨ªdico la figura de la desaparici¨®n forzada como un crimen continuado y que aunque los tribunales rechacen esa v¨ªa, ¡°la Administraci¨®n puede plantear alternativas fij¨¢ndose en otros modelos de justicia restaurativa¡±. ¡°Un ejemplo¡±, a?ade, ¡°puede ser el proceso de paz en Colombia, donde hay un modelo de intercambio de verdad por sentencias alternativas. No toda la justicia tiene por qu¨¦ reducirse a la pena carcelaria. La mayor parte de los imputados aqu¨ª ser¨ªan ancianos, no hay una necesidad imperativa de meter a gente en la c¨¢rcel y a cambio de eso pueden aportar la informaci¨®n que tengan de los cr¨ªmenes¡±.
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