El Constitucional planea vetar las recusaciones de Puigdemont para evitar el bloqueo
El tribunal se quedar¨ªa sin ¡®qu¨®rum¡¯ si se acepta la queja contra los magistrados Enrique Arnaldo y Concepci¨®n Espejel
El Tribunal Constitucional se inclina por rechazar las recusaciones que el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, ha presentado contra los magistrados Enrique Arnaldo y Concepci¨®n Espejel, recientemente incorporados al tribunal a propuesta del PP. El Tribunal sopesa rechazar esta iniciativa de plano, aunque otras de similar naturaleza planteadas tambi¨¦n por los dirigentes del proceso independentista catal¨¢n llevaron a la abstenci¨®n de los tambi¨¦n magistrados del Constitucional Antonio Narv¨¢ez y C¨¢ndido Conde-Pumpido. La diferencia sustancial entre estos casos es que entonces no estaba en riesgo la posibilidad de que el tribunal se quedara sin qu¨®rum para dictar las sentencias que quedan pendientes en relaci¨®n con la condena por el refer¨¦ndum ilegal del 1-O.
Otra diferencia importante entre los precedentes casos de Narv¨¢ez y Conde-Pumpido y el actual de Arnaldo y Espejel reside en que los primeros no fueron apartados porque el tribunal aceptara su recusaci¨®n, sino porque ambos, por propia voluntad, optaron por abstenerse de seguir participando en la resoluci¨®n de los recursos del proc¨¦s. Esa renuncia personal evit¨® que el Constitucional tuviera que entrar a valorar si realmente hab¨ªa existido un motivo claro para que quedaran al margen de las sentencias sobre el proceso independentista. Y en el caso de ambos el motivo de la recusaci¨®n era que hab¨ªan efectuado manifestaciones que ¡ªcomo ocurre ahora con Arnaldo¡ª llevaron a las defensas de los condenados por el 1-O a cuestionar su imparcialidad.
De entrada, la primera decisi¨®n de calado que el tribunal tendr¨¢ que adoptar es si el pleno que resuelva sobre la admisi¨®n o no a tr¨¢mite de las recusaciones presentadas por el letrado Gonzayo Boye, defensor de Puigdemont, contra Arnaldo y Espejel lo tienen que componer sus actuales 11 miembros ¡ªel duod¨¦cimo, Alfredo Montoya, sigue de baja m¨¦dica¡ª o nueve magistrados. Es decir, si Narv¨¢ez y Conde-Pumpido participan o no en esta resoluci¨®n, dado que se est¨¢n absteniendo de intervenir en cuantos asuntos ata?en al proc¨¦s. En el pleno de esta primera decisi¨®n, los recusados estar¨¢n presentes, m¨¢xime si los abstenidos, por estarlo, no toman parte, ya que si unos y otros permanecieran al margen, el tribunal se quedar¨ªa con solo siete magistrados, es decir, por debajo del qu¨®rum exigido para tomar cualquier decisi¨®n. La ley org¨¢nica del Constitucional fija dicho qu¨®rum en dos tercios de sus miembros, es decir, en ocho magistrados.
En cualquier caso, la hip¨®tesis de que el tribunal quedara maniatado, sin posibilidad de resolver sobre las recusaciones por falta de qu¨®rum, es inimaginable en cualquiera de los escenarios que se analicen. Hay precedentes que pueden invocarse a este respecto. En noviembre de 2007, por ejemplo, la Abogac¨ªa del Estado tuvo que informar sobre una recusaci¨®n presentada contra el entonces magistrado del Constitucional Roberto Garc¨ªa Calvo. Exist¨ªa un riesgo similar, y el abogado del Estado bas¨® su escrito en el art¨ªculo 4.1 de la mencionada ley org¨¢nica, de acuerdo con el cual el tribunal ¡°adoptar¨¢ cuantas medidas sean necesarias¡± para salvaguardar su jurisdicci¨®n. Por tanto, se interesaba descartar ¡°el apartamiento¡± de cualesquiera magistrados recusados ¡°hasta que no se haya superado el control de admisi¨®n¡±.
Para la Abogac¨ªa ¡°s¨®lo la admisi¨®n garantiza que el recurrente ha cumplido los requisitos de tiempo y forma; que la recusaci¨®n se basa en hechos concretos y con s¨®lida apariencia de ser ciertos; y, en fin, que concurre una causa de recusaci¨®n que prima facie [a primera vista] puede estar fundada¡±. Y a?ad¨ªa que ¡°inversamente, deber¨¢n ser inadmitidas o rechazadas de plano las recusaciones impeditivas o formalmente defectuosas¡±. En el caso de las ahora presentadas, el tribunal analizar¨¢ si se trata de iniciativas ¡°impeditivas¡± de la actuaci¨®n del Constitucional. Y al respecto hay alg¨²n precedente, ya que el pleno tambi¨¦n ha rechazado una iniciativa presentada para recusar a todos sus magistrados, en el contexto de los recursos del proc¨¦s.
Inadmisi¨®n a tr¨¢mite
Las fuentes consultadas se?alan que habr¨ªa qu¨®rum en el pleno del Constitucional si lo que se propone de entrada es la inadmisi¨®n a tr¨¢mite de las recusaciones, para lo cual s¨ª podr¨ªan estar presentes los propios concernidos por la iniciativa. Hipot¨¦ticamente, cabr¨ªa tambi¨¦n la presencia del magistrado Alfredo Montoya si su recuperaci¨®n avanza con rapidez. Lo necesario, en todo caso, es que haya un m¨ªnimo de ocho magistrados para tomar la decisi¨®n, un requisito que cobra a¨²n mayor importancia si se tiene en cuenta que el escrito de recusaci¨®n presentado por Puigdemont se solicita asimismo que el presidente del tribunal, Pedro Gonz¨¢lez Trevijano, se abstenga tambi¨¦n en las causas del proc¨¦s, por su amistad por Arnaldo, o que en caso contrario se le considere tambi¨¦n recusado.
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