El Supremo avala las rebajas de penas por la ¡®ley del solo s¨ª es s¨ª'
El alto tribunal rechaza la aplicaci¨®n de la disposici¨®n transitoria de 1995 que defend¨ªa la Fiscal¨ªa
El Tribunal Supremo ha acordado este mi¨¦rcoles rechazar los recursos planteados por la Fiscal¨ªa contra las rebajas de penas acordadas por tribunales inferiores en aplicaci¨®n de la ley del solo s¨ª es s¨ª. El pleno de la Sala Penal solo ha aceptado uno de los recursos presentado por el fiscal y ha sido porque los jueces hab¨ªan cometido un error al contabilizar la pena y el alto tribunal la ha elevado ahora. En las resoluciones acordadas este mi¨¦rcoles, el Supremo antepone el principio penal que establece que hay que aplicar al reo la ley que le resulta m¨¢s favorable y rechaza aplicar la disposici¨®n transitoria del C¨®digo Penal de 1995 que defend¨ªa la Fiscal¨ªa.
La decisi¨®n del alto tribunal es un aval cerrado a los criterios empleados por las audiencias provinciales que han rebajado penas a agresores sexuales en aplicaci¨®n de la ley del solo s¨ª es s¨ª, y un golpe para la postura de la Fiscal¨ªa. Por extensi¨®n, la tesis del Supremo supone tambi¨¦n, en plena campa?a para las elecciones generales del 23 de julio, un rev¨¦s para el Ministerio de Igualdad, que desde que empez¨® el reguero de rebajas acus¨® a los jueces que las adoptaban de estar aplicando mal la ley. ¡°El Tribunal Supremo rechaza el criterio un¨¢nime de la Fiscal¨ªa respecto a la vigencia del derecho transitorio. Es una mala noticia¡±, ha escrito Montero en su cuenta de Twitter.
La reforma penal impulsada por Igualdad ya ha sido modificada a partir de una propuesta promovida por el PSOE, que agrava el castigo para las agresiones con violencia o intimidaci¨®n o cuando la v¨ªctima tenga anulada su voluntad, pero esa nueva norma solo se aplica para las agresiones cometidas a partir de su entrada en vigor (el 29 de abril). Para las anteriores, las revisiones de condena siguen adelante, por lo que las bases que ha sentado este mi¨¦rcoles el Supremo resultan esenciales para limitar las discrepancias de criterio entre los tribunales.
El Supremo se hab¨ªa pronunciado ya en 75 recursos, que se hab¨ªan resuelto con 28 rebajas de penas y con 47 sentencias que mantuvieron las penas que se fijaron antes de la reforma. Pero todos estos pronunciamientos hab¨ªan sido sobre sentencias que no eran firmes cuando entr¨® en vigor la ley de libertad sexual.
Aunque en algunas de esas primeras sentencias el Supremo se?al¨® que las rebajas de penas eran ¡°obligatorias¡±, tanto para las condenas firmes como para las que no lo son, en varias de sus posteriores resoluciones matiz¨® esta afirmaci¨®n y avanz¨® que la llegada de los recursos sobre sentencias firmes requer¨ªa fijar un nuevo criterio. Esto es lo que ha estudiado por primera vez esta semana la Sala Penal.
Los 15 magistrados que la forman han revisado entre el martes y el mi¨¦rcoles un total de 29 recursos, de los que siete fueron presentados por la Fiscal¨ªa contra la decisi¨®n de otros tribunales de reducir el castigo a agresores y 22 son recursos de condenados que reclamaron rebajas de pena rechazadas por los jueces. En todos menos en uno (por un error judicial) han mantenido el criterio de las audiencias provinciales.
Uno de los debates que ha abordado la sala es c¨®mo afecta a las revisiones el hecho de que la ley del solo s¨ª es s¨ª careciera de una disposici¨®n transitoria, similar a la que se incluy¨® en la reforma del C¨®digo Penal de 1995, que establec¨ªa que cuando la pena que se impuso al agresor sigue dentro de la horquilla prevista para ese delito por el nuevo C¨®digo Penal no se rebaja el castigo. La Fiscal¨ªa defiende que, aunque la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad no la incluyera, esa disposici¨®n deb¨ªa aplicarse porque as¨ª lo ha establecido el alto tribunal para otras reformas penales. El Supremo, sin embargo, ha descartado que pueda llevarse a la ley del solo s¨ª es s¨ª porque, seg¨²n fuentes de la sala, supondr¨ªa una derogaci¨®n de facto del art¨ªculo 2.2 del C¨®digo Penal, el que recoge la retroactividad de la ley m¨¢s favorable al reo.
La Sala Penal solo ha roto su unanimidad en uno de los recursos, del que era ponente el magistrado Andr¨¦s Palomo, que propuso revocar la rebaja del castigo a un hombre condenado a 12 a?os de c¨¢rcel por una agresi¨®n sexual con penetraci¨®n, la pena m¨ªnima que establec¨ªa el C¨®digo Penal de 1995 para ese delito, as¨ª como a otras dos penas de seis a?os cada una por la agresi¨®n cometida por otras dos personas que no pudieron ser identificadas. En total, el hombre ten¨ªa una pena de 24 a?os de prisi¨®n que la Audiencia de Madrid redujo a 15. El magistrado Palomo y otros cuatro jueces de la sala (Ana Ferrer, Susana Polo, Andr¨¦s Mart¨ªnez de Arrieta y Antonio del Moral) no compart¨ªan la rebaja, pero los otros 11 magistrados s¨ª y han impuesto su criterio.
La Fiscal¨ªa no se pronunciar¨¢ sobre las resoluciones del Supremo hasta conocer su contenido completo, pero fuentes pr¨®ximas al ministerio p¨²blico han mostrado su extra?eza por el hecho de que los 15 magistrados de la Sala Penal hayan rechazado aplicar los criterios de la disposici¨®n transitoria de 1995 a pesar de que en sentencias recientes suscritas por distintos magistrados estos se mostraran favorables a extender esos criterios a la ley del solo s¨ª es s¨ª.
El Supremo s¨ª da la raz¨®n a los fiscales en un asunto: la ley del solo s¨ª es s¨ª impon¨ªa a los agresores sexuales la p¨¦rdida de la patria potestad de sus hijos, por lo que si se aplica la norma en beneficio del reo para rebajarle la pena, hay que aplicarle tambi¨¦n ese precepto y retirarle ese derecho.
Seg¨²n el ¨²ltimo balance del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), hasta el 1 de mayo se hab¨ªan acordado 1.079 rebajas y 108 excarcelaciones. Fuentes del ¨®rgano de gobierno de los jueces elevan esta cifra hasta las 1.120 rebajas y 114 excarcelados,seg¨²n los ¨²ltimos datos aportados por el Supremo, los tribunales superiores y las audiencias provinciales.
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