La Fiscal¨ªa niega que revelase datos confidenciales en el caso del novio de Ayuso
El ministerio p¨²blico recurre la admisi¨®n de la denuncia presentada por el Ilustre Colegio de la Abogac¨ªa de Madrid y argumenta que ¡°lo que es previamente conocido ya no es secreto¡±
La Fiscal¨ªa de Madrid ha presentado un recurso contra la admisi¨®n a tr¨¢mite de la denuncia presentada por el Ilustre Colegio de la Abogac¨ªa de Madrid (ICAM) en el caso de Alberto Gonz¨¢lez Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel D¨ªaz Ayuso. El pasado marzo, el ICAM acudi¨® a los juzgados para abrir la v¨ªa penal contra el ministerio p¨²blico, al que atribuye la revelaci¨®n de datos confidenciales por emitir una nota de prensa para desmentir las informaciones tergiversadas que el equipo de la dirigente popular estaba vertiendo sobre la Fiscal¨ªa tras la apertura del procedimiento contra su novio, que se encuentra actualmente imputado por fraude fiscal y falsedad documental.
En su escrito, avanzado por El Espa?ol y al que tuvo acceso EL PA?S, la Fiscal¨ªa pide a la Audiencia Provincial de Madrid que anule la decisi¨®n adoptada el 1 de abril por el Juzgado de Instrucci¨®n 28 de Madrid, cuando admiti¨® a tr¨¢mite la denuncia presentada por Eugenio Rib¨®n, decano del Colegio de abogados. El ministerio p¨²blico sostiene que no existen ¡°hechos de relevancia penal¡±, ya que el comunicado emitido en su d¨ªa no ¡°revelaba¡± ninguna informaci¨®n que no se conociese ya por la prensa.
Todo ocurri¨® en la noche del 13 al 14 de marzo. El Mundo public¨® que, horas despu¨¦s del darse a conocer la denuncia de la Fiscal¨ªa de Madrid contra Gonz¨¢lez Amador por defraudar m¨¢s de 350.000 euros a Hacienda, la acusaci¨®n le hab¨ªa ofrecido un pacto por correo electr¨®nico (que despu¨¦s habr¨ªa retirado, seg¨²n el PP). Esa era realmente la versi¨®n tergiversada que el equipo de Ayuso estaba difundiendo, con la que buscaba poner en cuesti¨®n la actuaci¨®n del ministerio p¨²blico. Lo cierto es que hab¨ªa sido Gonz¨¢lez Amador, a trav¨¦s de su abogado y m¨¢s de un mes antes, quien hab¨ªa ofrecido el acuerdo. Una iniciativa que desvel¨® la SER al filo de esa medianoche, cuando public¨® el contenido del primer correo electr¨®nico enviado por el letrado del novio de la presidenta para tratar de alcanzar ese pacto.
En la ma?ana del 14 de marzo, ante la avalancha de peticiones de informaci¨®n y despu¨¦s de que varios medios, entre ellos EL PA?S, publicaran el e-mail del abogado de la pareja de Ayuso, la Fiscal¨ªa de Madrid emiti¨® una nota de prensa para aclarar lo ocurrido, que desment¨ªa la versi¨®n de la Comunidad. Una decisi¨®n que, seg¨²n el ICAM, rompe el principio de confidencial atribuible a la instituci¨®n.
Sin embargo, la Fiscal¨ªa no comparte esa tesis y se opone a la decisi¨®n del juez instructor de enviar la denuncia al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para que abra una causa, ya que el supuesto delito ser¨ªa atribuible a la fiscal jefa de la Fiscal¨ªa Provincial de Madrid, Mar¨ªa Pilar Rodr¨ªguez, aforada ante este tribunal. ¡°Lo que es previamente conocido ya no es secreto¡±, insiste el recurso, donde recalca que la nota de prensa se limit¨® a aclarar y ¡°confirmar¡± unas informaciones previamente publicadas en los medios.
¡°Desde el punto de vista de la doctrina jurisprudencial, la publicaci¨®n o difusi¨®n de una nota de prensa por la Fiscal¨ªa Provincial de Madrid es notorio que resultar¨ªa at¨ªpica. Pues ninguna duda existe de que, al momento de publicarse esa comunicaci¨®n, las informaciones que en la misma se conten¨ªan ya no pod¨ªan ser consideradas secretas o reservadas al haber sido publicadas previamente por diferentes medios de comunicaci¨®n¡±, subraya el recurso, que remacha: ¡°La nota de prensa difundida por la Fiscal¨ªa Provincial de Madrid se limitaba a ejercer su deber de informar a la opini¨®n p¨²blica con absoluta transparencia, prudencia y dentro de los m¨¢rgenes y l¨ªmites que marca nuestro ordenamiento jur¨ªdico [...] Tal comunicaci¨®n no conten¨ªa informaci¨®n que pudiera perjudicar el derecho de defensa, ni datos de car¨¢cter confidencial que tuvieren incidencia procesal alguna en un ulterior procedimiento judicial que en ese momento a¨²n no hab¨ªa sido incoado¡±.
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