?Impuestos extraordinarios?
Se deben gravar los llamados beneficios ¡®ca¨ªdos del cielo¡¯ porque las empresas deben hacerse cargo de su parte en el sostenimiento de los bienes p¨²blicos. Una cooperaci¨®n que ser¨ªa la mejor manera de navegar esta crisis y fortalecer nuestras instituciones
Ante la inquietud que genera en ciertos sectores el anuncio del Gobierno de establecer un gravamen temporal a entidades de cr¨¦dito y empresas energ¨¦ticas, nos gustar¨ªa compartir ciertas reflexiones.
Desde los a?os noventa se cre¨® un consenso que impide usar la pol¨ªtica fiscal como instrumento de estabilizaci¨®n de la demanda. Este consenso llev¨® a eliminar mucha de la progresividad de los impuestos directos (el binomio IRPF m¨¢s impuesto de Patrimonio y Sociedades) que era la forma en la que la pol¨ªtica fiscal se hac¨ªa contingente: un aumento de la renta nominal acarreaba un aumento del tipo marginal y viceversa. Este consenso ha vuelto la pol¨ªtica fiscal muy inflexible y con poca capacidad de respuesta ante contingencias inesperadas. Desde entonces, es la pol¨ªtica monetaria, no la fiscal, la que suele hacer frente a las consecuencias indeseadas de los ciclos econ¨®micos. Lo hace mediante cambios en los tipos de inter¨¦s de referencia o con distintas formas de expansi¨®n cuantitativa (quantitative easing, en la jerga) que se han usado desde la Gran Recesi¨®n y, especialmente, a combatir la pandemia. De hecho, al no subir los impuestos a las personas y a las empresas con m¨¢s recursos, el gasto p¨²blico antipandemia (de cuya necesidad y efectos ben¨¦ficos no dudamos) se est¨¢ financiado hoy con un impuesto regresivo: la inflaci¨®n. Inflaci¨®n que se combate ahora con subidas de tipos de inter¨¦s que tambi¨¦n son regresivas. Es decir, aunque la pol¨ªtica monetaria se implementa con m¨¢s rapidez, tiene enormes y muy desafortunadas consecuencias distributivas.
Pero ni la pol¨ªtica monetaria ni la pol¨ªtica fiscal est¨¢n pensadas para hacer frente a una pandemia o a tiempos de guerra. Por eso, al suceder lo improbable, tenemos que hacer pol¨ªticas extraordinarias. Por ello, en la pandemia articulamos unos mecanismos masivos de pr¨¦stamos del Instituto de Cr¨¦dito Oficial (ICO) y de expedientes de regulaci¨®n temporal de empleo (ERTE) para salvar nuestras empresas. Nadie protest¨® por inseguridad jur¨ªdica entonces. Todo lo contrario. Lo que no hab¨ªamos discutido hasta la fecha es c¨®mo pagar toda esa factura que, de momento, ha engordado el montante de la deuda p¨²blica para regocijo de demasiados tiburones financieros. Ahora, con un nivel de deuda p¨²blica que supera el PIB anual, hay que equilibrar el presupuesto. Nos toca pagar impuestos, y el Gobierno (tambi¨¦n en Europa) debe dise?ar y explicar muy bien a qui¨¦n se grava y el alcance de esos impuestos. Tales grav¨¢menes extraordinarios deber¨ªan decaer en cuanto acabe la urgencia.
Parece deseable gravar los llamados beneficios ca¨ªdos del cielo (windfall profits) de las el¨¦ctricas. Estos se producen porque los derechos de emisi¨®n de CO? aumentan el precio de la electricidad. Puesto que las energ¨ªas limpias no contaminan, las empresas que las producen tienen esos beneficios ca¨ªdos del cielo a trav¨¦s de un precio el¨¦ctrico inflado por raz¨®n regulatoria. Es decir, el dise?o de mercado de emisiones junto con el mercado marginalista hace que los precios de los derechos de emisi¨®n sean un impuesto sobre las energ¨ªas f¨®siles que, impl¨ªcitamente, est¨¢n subvencionando a las energ¨ªas limpias. Preguntarnos si esos windfall profits son excesivos es equivalente a preguntarnos si esa subvenci¨®n es adecuada. Si es demasiado alta, en vez de animar a las empresas a que innoven, estamos premiando que se adocenen. Una parte de esos beneficios ca¨ªdos del cielo se debe, adem¨¢s, al comportamiento especulativo de los mercados financieros. Por tanto, el mercado secundario de derechos de emisi¨®n debe vigilarse para cortar el contagio de turbulencias financieras a los precios energ¨¦ticos.
El dise?o marginalista ha hecho, adem¨¢s, que el gas estuviera marcando el precio de mercado. El alza del precio del gas no obedece a razones de escasez, sino de guerra y desorden financiero. La excepci¨®n ib¨¦rica, al limitar el precio del gas, ha servido para cambiar en parte esa din¨¢mica perversa. Ese l¨ªmite al precio es, tambi¨¦n, una forma de gravar los m¨¢rgenes de beneficio extraordinarios: la remuneraci¨®n a las tecnolog¨ªas inframarginales (nuclear, renovables e hidroel¨¦ctrica) respecto a sus costes estaba cerca de un 500% por encima de lo observado antes de la pandemia (de nuevo, la subvenci¨®n no adecuada). Esto exig¨ªa una intervenci¨®n, en la l¨ªnea de lo que por fin se ha planteado por la Comisi¨®n Europea, con un a?o de retraso. Confiemos que los expertos dise?en a nivel europeo la intervenci¨®n que mejor alinee los incentivos. Por su propia naturaleza, la rentabilidad de la inversi¨®n en estas tecnolog¨ªas inframarginales se materializa mucho despu¨¦s de haber instalado la capacidad. Por eso hay que llevar cuidado si se decide gravar los beneficios (es decir, reducir la subvenci¨®n): estamos afectando la rentabilidad que los nuevos inversores en renovables estiman para, efectivamente, llevar a cabo esas inversiones (que tanto necesitamos).
Por otro lado, tanto el alza de precios energ¨¦ticos como la pol¨ªtica del Banco Central Europeo (BCE) est¨¢n aumentando los beneficios en aquellos sectores donde hay menos competencia. Este es el caso de los hidrocarburos y de la banca. El escenario de guerra ha favorecido el ejercicio de poder de mercado de las empresas de hidrocarburos, algo que va m¨¢s all¨¢ de lo que hemos apuntado sobre las el¨¦ctricas. No se puede defender que el mercado determine la evoluci¨®n de precios clave en un entorno de guerra (frente a controles de precios, que suelen ser ineficaces), y a la vez invalidar que los gobiernos, preferiblemente de manera coordinada a nivel europeo y consensuada con las grandes empresas, propongan medidas impositivas extraordinarias (algo que ya defendi¨® hace tiempo Olivier Blanchard). En esta coyuntura algunos han propuesto expropiaciones y crear empresas p¨²blicas. Ese ruido es perjudicial para nuestra econom¨ªa. Hace falta pol¨ªtica econ¨®mica fundamentada, experta y sujeta a evaluaci¨®n y debate. Sabemos tambi¨¦n que el BCE ofreci¨® financiaci¨®n barata (conocida como TLTRO III) a la banca a modo de rescate frente a la pandemia. Ahora, la subida de los tipos de referencia, cuyo objetivo es reducir la demanda de cr¨¦dito, se convierte en una lluvia de millones para el sector, mientras que esa demanda no disminuya. Un impuesto extraordinario al sector, ciertamente, puede tener el efecto de encarecer el cr¨¦dito. Para contrarrestar ese efecto, parte de la recaudaci¨®n podr¨ªa financiar una deducci¨®n fiscal a las familias cuya factura hipotecaria se est¨¦ encareciendo en demas¨ªa dado su nivel de renta (es decir, progresiva).
Una ¨²ltima cuesti¨®n controvertida es cu¨¢l debe ser la base imponible: beneficios, facturaci¨®n o activos. La innovaci¨®n financiera facilita la elusi¨®n fiscal. La tecnolog¨ªa actual de proceso de datos permite rastrear mucho mejor las rentas que se generan, aunque, todav¨ªa, de manera imperfecta. La riqueza o la facturaci¨®n (variables que se observan mejor que la renta) pueden ser un indicador de rentas no observadas, pero que est¨¢n sujetas a tributaci¨®n, y adaptando el tipo de gravamen. Esto es exactamente lo que se propone para gravar las empresas digitales y por la raz¨®n aducida. Rasgarse las vestiduras con este asunto y hablar de confiscaci¨®n, nos parece una simpleza. Por todo lo expuesto, creemos que se debe gravar esos beneficios extraordinarios, porque las empresas deben hacerse cargo de su parte en el sostenimiento de los bienes p¨²blicos y es bueno que lo hagan, y que puedan transmitir a la ciudadan¨ªa que as¨ª lo hacen. La m¨¢xima cooperaci¨®n entre lo p¨²blico y lo privado, m¨¢s a¨²n en sectores estrat¨¦gicos, es imprescindible. Esta cooperaci¨®n ser¨ªa la mejor manera de navegar esta crisis y fortalecer todas nuestras instituciones.
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