El hilo que conecta a Casado con Camps y Matas
El cohecho impropio, un tipo penal con poca jurisprudencia, se utiliz¨® en algunos casos sonados de corrupci¨®n
El delito de cohecho pasivo impropio, uno de los dos que atribuye la juez de Madrid Carmen Rodr¨ªguez-Medel al presidente del PP, Pablo Casado, por el supuesto regalo del m¨¢ster de Derecho Auton¨®mico de la Universidad Rey Juan Carlos en el curso 2008-2009, tiene unas consecuencias penales muy moderadas ¡ªmulta de tres a seis meses en el momento que se cometieron los hechos, y prisi¨®n de hasta un a?o y suspensi¨®n de cargo p¨²blico de hasta tres a?os tras la reforma de 2010¡ª. Sin embargo, con ¨¦l, un fino hilo de jurisprudencia conecta ahora a Casado con los expresidentes valenciano y balear Francisco Camps y Jaume Matas, y con sonados casos de corrupci¨®n municipal en la Costa del Sol, como Ballena Blanca y el caso Troya, de Alhaur¨ªn el Grande, cuyos protagonistas acabaron fuera del poder. El art¨ªculo 422 del C¨®digo Penal tiene, pese a su aparente levedad, un potencial pol¨ªtico muy peligroso.
Este precepto castiga la conducta de ¡°la autoridad o funcionario¡± que admita una ¡°d¨¢diva o regalo¡± ¡ªen este caso un t¨ªtulo universitario oficial¡ª en atenci¨®n a su cargo o por un acto no prohibido por la ley. Sobre este tipo penal, vigente desde 1991, existen escasas sentencias, aunque muy claras en su contenido.
Los l¨ªmites del cohecho impropio fueron establecidos por el Supremo en una sentencia de 2015 sobre Jaume Matas. El fallo, redactado por el anterior fiscal general del Estado, Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, confirmaba una sentencia de la Audiencia de Palma en el que se conden¨® al expresidente balear por pedir a un constructor que entregase 3.000 euros mensuales a su esposa simulando un falso contrato de trabajo.
El Supremo estableci¨® que para que se produzca cohecho impropio basta con que el funcionario o autoridad ¡ªen el caso de Casado, este era diputado auton¨®mico cuando se matricul¨® en el master¡ª reciba el regalo o d¨¢diva, sin que sea necesario que lo haya solicitado. Adem¨¢s, tiene que existir una relaci¨®n entre la entrega del regalo ¡ªlos 3.000 euros de Matas, el t¨ªtulo de Casado¡ª y el oficio p¨²blico del receptor del cohecho.
Al incluirse estas conductas en la ley penal se buscaba ¡°proteger la imagen del Estado de Derecho¡± y ¡°preservar la confianza p¨²blica en que los funcionarios ejercen sus funciones sometidos al imperio de la ley¡±, seg¨²n aquella sentencia de 2015.
En 2013, el Supremo confirm¨® al menos dos condenas por este delito. Una afectaba al exalcalde popular de Alhaur¨ªn el Grande (M¨¢laga), Juan Mart¨ªn Ser¨®n, que exigi¨® 122.000 euros a un promotor de la localidad a cambio de una licencia de obra para construir viviendas. En este caso, el dinero se exig¨ªa a cambio de actos propios y legales del Ayuntamiento. La otra sentencia condenaba por cohecho impropio al exregidor de Manilva (M¨¢laga) Pedro Tirado, vinculado al caso Ballena Blanca, a quien se le encontraron 762.000 euros debajo del colch¨®n de su dormitorio, que recibi¨® de donantes que no pudieron ser identificados por su mera condici¨®n de alcalde.
Sin embargo, el caso m¨¢s conocido de cohecho impropio acab¨® en absoluci¨®n: un jurado popular exoner¨® al expresidente valenciano Francisco Camps y al exdiputado regional Ricardo Costa por el caso de los trajes recibidos de la trama G¨¹rtel de corrupci¨®n. El Supremo confirm¨® esa sentencia un a?o m¨¢s tarde.
El otro delito que pende sobre Casado, prevaricaci¨®n administrativa, asociado al anterior y castigado con una pena mayor ¡ªinhabilitaci¨®n para cargo p¨²blico de 9 a 15 a?os¡ª, tiene m¨¢s desarrollo doctrinal en el Supremo. El art¨ªculo 404 del C¨®digo Penal castiga al funcionario o autoridad que dicte una resoluci¨®n administrativa arbitraria a sabiendas de su injusticia. En el caso del m¨¢ster, el autor del delito ser¨ªa Enrique ?lvarez Conde, director del Instituto de Derecho P¨²blico, que aprob¨® a Casado y a otros alumnos privilegiados asignaturas sin hacer ex¨¢menes, ni acudir a clase cuando era obligatorio.
Pero la prevaricaci¨®n administrativa no solo afecta a quien la comete. El Supremo ha dejado sentado desde hace d¨¦cadas que los part¨ªcipes en las resoluciones injustas cometidas por funcionarios pueden ser culpables por el mero hecho de tomar parte o beneficiarse de forma consciente por una decisi¨®n arbitraria.
Rodr¨ªguez-Medel propuso el lunes al Supremo que impute por estos dos delitos a Casado. La titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 51 de Madrid no puede investigar al l¨ªder popular, como ha hecho con otros compa?eros suyos de m¨¢ster, al ser este diputado en el Congreso y, por tanto, estar aforado. El alto tribunal decidir¨¢ a partir de septiembre si imputa a Casado y si asume tambi¨¦n la causa, como sugiere Medel, del resto de sus compa?eros de promoci¨®n beneficiados por el trato de favor del catedr¨¢tico ?lvarez Conde.
El catedr¨¢tico de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona Joan Queralt apunta la posibilidad de que el Supremo admita la exposici¨®n razonada solo parcialmente ¡ªdesechando el delito de cohecho impropio¡ª para evitar un juicio por jurado. Este experto sostiene que el escrito por el que la juez Rodr¨ªguez-Medel cede la causa al alto tribunal podr¨ªa haber incluido un delito de falsedad documental al haberse servido de un t¨ªtulo que no se corresponde con unos conocimientos debidamente acreditados.
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