Derecho versus deseo
Alicia Miyares, fil¨®sofa, escritora feminista y portavoz de No Somos Vasijas, y Marcos Jornet, abogado y presidente de Son Nuestros Hijos, debaten sobre algunos puntos clave en torno a los vientres de alquiler
La ampolla que levanta la cuesti¨®n del uso del cuerpo de la mujer para satisfacer los deseos de alguien no es nueva, aunque ahora duela de forma m¨¢s expl¨ªcita y m¨¢s p¨²blica. El debate sobre los vientres de alquiler comenz¨® en los a?os setenta en Estados Unidos y a principios de los ochenta aterriz¨® en Europa como "el fen¨®meno de las madres biol¨®gicas". En Francia se legaliz¨® la Asociaci¨®n Nacional para la Inseminaci¨®n Artificial por Sustituci¨®n (ANIAS) en 1983 y costaba 111.000 pesetas (667 euros) inscribirse para que un jurado estudiase la petici¨®n y decidiese si era o no conveniente; en Reino Unido, el primer ni?o nacido mediante este contrato lleg¨® en 1984 y las protestas y las defensas para esta pr¨¢ctica comenzaron de inmediato.
Aquel mismo a?o, en Australia, una mujer se neg¨® a entregar al ni?o que una pareja le hab¨ªa "encargado"; dos a?os despu¨¦s, la disputa por la paternidad de Baby M ¡ªuna ni?a nacida en Nueva Jersey en el ¨²tero de Mary Beth Whitehead alquilado por 10.000 d¨®lares (8.642 euros) y que finalmente se qued¨® con sus padres legales¡ª, salt¨® a la prensa internacional y dividi¨® a la opini¨®n p¨²blica estadounidense. En Espa?a, el "alquiler de ¨²teros" ya se debat¨ªa en el Congreso en 1986.
En Espa?a, hoy, los vientres de alquiler est¨¢n regulados por la ley sobre t¨¦cnicas de reproducci¨®n humana asistida como "contratos nulos de pleno derecho", aunque la legislaci¨®n no los proh¨ªbe, no da margen legal para que se produzca. Sin embargo, se calcula que hay unos 1.000 ni?os nacidos por este m¨¦todo en nuestro pa¨ªs desde 2010: la demanda existe y el Estado no puede impedir que sus ciudadanos crucen fronteras para conseguirlo, y lo est¨¢n haciendo, a pa¨ªses como Ucrania, donde un beb¨¦ cuesta entre 40.000 y 60.000 euros. Esta pr¨¢ctica, regulada solo en algunos pa¨ªses y con leyes muy distintas, ha generado un mercado opaco que hace dif¨ªcil creer en la idea de que esto pueda llegar a ser altruista. Actualmente, la realidad es que, sin dinero, muy pocas mujeres est¨¢n dispuestas a pasar por nueves meses de embarazo y un parto, con todo el dolor y los cambios f¨ªsicos y emocionales que conlleva.
La pol¨¦mica est¨¢ abierta, pol¨ªtica y socialmente, bulle y remueve conciencias y perspectivas; es, adem¨¢s, uno de los pocos temas que enfrentan a la comunidad LGTBIQ y al movimiento feminista. Unos defienden su deseo de ser padres; otras, su derecho a no ser tratadas como meros recipientes. Marcos Jornet, abogado y presidente de Son Nuestros Hijos, y Alicia Miyares, fil¨®sofa, escritora feminista y portavoz de No Somos Vasijas, se sientan para hablar sobre algunas de las cuestiones m¨¢s candentes, y aunque el acuerdo parece imposible, coinciden en algo: en la necesidad de poner sobre la mesa la controversia.
El lenguaje, que construye
?Gestaci¨®n por sustituci¨®n o alquiler de vientres?
Marcos Jornet. El t¨¦rmino correcto que define nuestro ordenamiento jur¨ªdico es gestaci¨®n por sustituci¨®n. Se introduce ya en 1988 y en 2006, cuando se revisa le ley, se mantiene. Eso nos lleva a la conclusi¨®n de que es una t¨¦cnica porque est¨¢ dentro de esa ley (sobre t¨¦cnicas de reproducci¨®n humana asistida), si no lo fuese estar¨ªa dentro del C¨®digo Civil. Y la Organizaci¨®n Mundial de la Salud tambi¨¦n la define as¨ª, como t¨¦cnica, desde 2009.
Alicia Miyares. La primera trampa en el alquiler de vientres es creer y hacer creer que estamos hablando de una t¨¦cnica, y el embarazo y el parto no lo son, porque durante nueve meses se remueve todo lo que tiene que ver con esa persona y con la que va a nacer.
?Madres o gestantes?
M. J. Hemos luchado toda la vida por escindir la sexualidad de la maternidad para las mujeres y ahora el debate es que no podemos escindir la gestaci¨®n de la maternidad. La maternidad se ejerce durante toda la vida por quien quiera ejercerla, la gestaci¨®n es un proceso biol¨®gico que dura nueve meses.
A.M. Eso es lo que cosifica a las mujeres. Cuando dec¨ªs que esa mujer solo ha gestado, ese solo que siempre pon¨¦is... Nueve meses de embarazo como si no tuviera trascendencia para el futuro, como si realmente una mujer pudiera solo dedicarse esos nueve meses a tener un embarazo y parir sin mayores consecuencias.
Los derechos fundamentales
Conocer el origen biol¨®gico y la filiaci¨®n (el v¨ªnculo jur¨ªdico que une a progenitores y descendientes) son los dos derechos fundamentales en los que se centra la discusi¨®n al respecto.?
Lo que dice la Ley
El art¨ªculo 10 sobre gestaci¨®n por sustituci¨®n de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre t¨¦cnicas de reproducci¨®n humana asistida, dice:
1. Ser¨¢ nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestaci¨®n, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiaci¨®n materna a favor del contratante o de un tercero.
2. La filiaci¨®n de los hijos nacidos por gestaci¨®n de sustituci¨®n ser¨¢ determinada por el parto.
3. Queda a salvo la posible acci¨®n de reclamaci¨®n de la paternidad respecto del padre biol¨®gico, conforme a las reglas generales.
M.J. Nadie discute algo que es un derecho constitucional, como el de conocer el origen biol¨®gico. Desde Son Nuestros Hijos defendemos una regulaci¨®n garantista en la que prime la autonom¨ªa, la libertad y la dignidad de las gestantes, que son importantes en nuestras familias y en la vida de nuestros hijos.
A. M. Esto, ya de entrada, exige la firma de un contrato abusivo para la mujer, lo es cuando a una parte se le pide todo y a la otra se le da todo. En ese contrato la mujer renuncia al derecho fundamental a la filiaci¨®n [una renuncia que se firma como irrevocable por la que jam¨¢s tendr¨¢ ning¨²n derecho sobre el beb¨¦ aunque cambiase de opini¨®n]; y en la pr¨¢ctica, dependiendo de los pa¨ªses en los que ocurra, las personas que acudan a esto pueden muy bien negarle a ese menor qui¨¦n es su madre. Hablar de libre decisi¨®n para un acto cuya finalidad ¨²ltima es la renuncia a su hijo, por lo tanto, la renuncia a un derecho fundamental, es una aberraci¨®n jur¨ªdica.
El papel de los Estados
M.J. Estados de Derecho nada sospechosos de conculcar derechos a las mujeres, ya han regulado de forma madura esta pr¨¢ctica: Estados Unidos, Portugal, Canad¨¢, Reino Unido... Si en algo estamos todos de acuerdo es en que nada que sea impuesto, nada que no pase por respetar los derechos de las mujeres, puede darse para cumplir este sue?o de ser padres.
A.M. EE UU no tiene regulada la pr¨¢ctica en todos los estados, es m¨¢s, son m¨¢s los estados contrarios a la pr¨¢ctica del alquiler que los favorables; Portugal ha revisado su propuesta de ley porque bordea lo inconstitucional [el pasado abril, el Tribunal Constitucional portugu¨¦s anul¨® varios puntos de la norma que legaliza el uso de vientres de alquiler a las mujeres est¨¦riles, aprobada en agosto de 2017, por considerar que violaba principios y derechos constitucionales]; y respecto a Reino Unido, qu¨¦ curioso, ha hecho una legislaci¨®n con la que la mayor parte de las personas que quiere esto se van a otros pa¨ªses donde no hay unas exigencias tan notables. Lo ¨²nico que permite la regulaci¨®n es el turismo reproductivo.
El proyecto de ley de Ciudadanos
La propuesta del partido de Albert Rivera asegura que es posible establecer un modelo de gestaci¨®n estrictamente altruista, y, aunque exige que la mujer que vaya a quedarse embarazada tenga una situaci¨®n econ¨®mica estable, propone una compensaci¨®n econ¨®mica por los costes del embarazo. Adem¨¢s, veta que pueda hacerse entre personas que tengan un v¨ªnculo familiar cercano.
M.J. El proyecto de Ciudadanos es solo un proyecto y requiere muchas mejoras t¨¦cnicas; es adem¨¢s solo una de las propuestas que hay en Espa?a. Otras, como la de la Asociaci¨®n por la Gestaci¨®n Subrogada en Espa?a o la de la Asociaci¨®n Espa?ola de Fertilidad, tienen matices diferentes. Lo que tenemos que plantearnos es: ?eso es posible [la regulaci¨®n a favor]??
La no regulaci¨®n no puede ir derivada de que solo sean unas pocas personas las que se presten de forma altruista, debemos garantizar un control y un desarrollo normativo.? Lo que no podemos decir es que no se va a regular porque no entendamos que una mujer pueda de forma libre gestar y regalar el sue?o de paternidad ayudando a familia. Muchas mujeres no entienden que otra mujer pueda interrumpir su embarazo, que pueda dar a su hijo en adopci¨®n o que pueda gestar el hijo de otros. Por muy residual que sea ese n¨²mero de mujeres que quieran hacerlo, no podemos conculcar ese derecho a quien quiera realizarlo.
A. M. Es notable c¨®mo se maneja el concepto de altruismo cuando, a la par que dicen "una pr¨¢ctica de alquiler de vientres altruista", hablan de compensaciones econ¨®micas. Es notable tambi¨¦n ver c¨®mo se sustancia en la cantidad de condicionamientos que tiene que pasar esa mujer que vaya a llevar adelante el embarazo y el parto y los pocos que se le exigen a los padres supuestamente intencionales.
Si uno piensa en este pa¨ªs con demograf¨ªa negativa ¡ªque quiere decir que las mujeres en edad f¨¦rtil y las parejas que se plantean una familia no lo ven claro¡ª, ?qu¨¦ mujeres estar¨ªan dispuestas a llevar adelante esto para ceder despu¨¦s esta criatura a terceras personas? Yo tengo muy claro cu¨¢l va a ser el contingente de criadas reproductivas: por un lado, mujeres con hijos a su cargo que viven en una situaci¨®n de familia monomarental y problemas econ¨®micos muy serios, y por otro, aquellas que resulten del chantaje emocional. Pero, ?qu¨¦ casualidad! El proyecto de ley de Ciudadanos proh¨ªbe que se d¨¦ entre familiares.
El s¨ªmil con la donaci¨®n
M.J. En Espa?a no desconocemos el control sobre pr¨¢cticas altruistas. Nuestro sistema de donaci¨®n de ¨®rganos ¨ªnter vivos, aunque al principio se pens¨® que solo eran unas pocas personas quienes iban a querer donar un ri?¨®n o parte de su h¨ªgado, es uno de los l¨ªderes en este ¨¢mbito.
A.M. ?En qu¨¦ donaci¨®n de ¨®rganos se exige a la persona que dona ese ¨®rgano que renuncie a un derecho fundamental? En ninguna. Hablas de la donaci¨®n y las mujeres y su capacidad reproductiva son un todo indivisible, la capacidad reproductiva no se centra en el ¨²tero o el vientre, todo se pone en funcionamiento. Si pon¨¦is el ejemplo de donaci¨®n, vamos a aceptar que se donen los menores, cuando en la mayor parte de los ordenamientos jur¨ªdicos est¨¢ establecido que las personas no pueden ser objeto de contrato ni tampoco de donaci¨®n.
Datos y gr¨¢fico (2017): Guillermo Villar y Ant¨ªa Garc¨ªa
Hoy, todav¨ªa, no existe un consenso internacional sobre los vientres de alquiler, aunque desde 2015, en la Conferencia de La Haya, un grupo de expertos estudia la posibilidad. Los conflictos ¨¦ticos, morales, jur¨ªdicos, econ¨®micos y filos¨®ficos de los ochenta son los mismos que los de 2018. Medio siglo y ninguna soluci¨®n sobre un hecho que est¨¢ ¨ªntimamente ligado a la libertad y la dignidad de las mujeres; y sobre todo, y como siempre en la jerarqu¨ªa de privilegios que estructura a la sociedad, a la libertad y la dignidad de las mujeres con menos recursos econ¨®micos, situaciones m¨¢s vulnerables y menos derechos que las protejan. Y mientras no la haya, alquilar vientres seguir¨¢ funcionando como hasta ahora: tendr¨¢ hijos quien pueda pagar por ellos, y dar¨¢ hijos quien necesite ese dinero para subsistir.
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