Piso chollo: precios bajos que esconden pufos legales
Los expertos advierten de que siempre hay que contrastar la informaci¨®n dada por el vendedor
¡°Me intentaron liar con la compra de la casa¡±. As¨ª resume Sergio la zozobra que vivi¨® cuando se interes¨® por un chollo que encontr¨® en Idealista. ¡°Me urg¨ªan 7.000 euros de arras, pero solo me ense?aban el certificado del Catastro¡±. La sorpresa lleg¨® cuando, tras consultar a un abogado, descubri¨® que, seg¨²n el Registro de la Propiedad, el piso pertenec¨ªa al Ivima (Instituto de la Vivienda de Madrid). A ¨²ltima hora se ech¨® para atr¨¢s. ¡°Mi abogado me advirti¨® de que no iba a poder registrar la vivienda f¨¢cilmente y que pasar¨ªa a?os pleiteando con la Administraci¨®n¡±.
En un mercado inmobiliario cada vez m¨¢s feroz crecen las manzanas envenenadas. Javier Punset, abogado en Bufete Casadeley, recuerda bien el caso de Sergio. ¡°Pretend¨ªan venderle una vivienda de protecci¨®n oficial en la que el titular registral segu¨ªa siendo una entidad dependiente de una Administraci¨®n¡±. Adem¨¢s, seg¨²n pudieron comprobar, uno de los propietarios no inscritos hab¨ªa fallecido y, para m¨¢s inri, la vivienda ten¨ªa deudas pendientes. ¡°Nada de esto se le advirti¨® al comprador¡±.
Los disgustos por la casa so?ada pueden comenzar antes de comprarla, en la fase de las arras ¡ªla se?al que se otorga para reservarla¡ª. ¡°A veces, la gente piensa que la firma de unas arras no tiene importancia, pero, mucho cuidado con esos documentos, que los carga el diablo¡±, advierte Alejandro Fuentes-Lojo, abogado experto en derecho inmobiliario. Quien compra, aconseja el letrado, ¡°debe hacer un an¨¢lisis jur¨ªdico previo a la r¨²brica de cualquier tipo de documento; es un error pensar que la inmobiliaria va a garantizar que todo va a ir bien¡±.
Antes de desembolsar ni un solo euro, los expertos recomiendan recabar toda la informaci¨®n posible de la vivienda, comenzando por solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad. Es la manera de verificar, explica Punset, ¡°cuestiones tan importantes como si el vendedor tiene inscrito su t¨ªtulo de propiedad, las cargas o grav¨¢menes que pueda tener la finca o la superficie del inmueble¡±. Como expone el letrado, aunque no es obligatorio tener inscrito el inmueble para poder venderlo, ¡°debemos actuar con especial cautela porque ya no tenemos certeza de que lo que nos est¨¢n diciendo sea un fiel reflejo de la realidad jur¨ªdica de la finca¡±.
La nota simple recoge cualquier gravamen que afecte a la casa. Lo que en el argot legal se conoce como ¡°carga¡± porque ata?e directamente al inmueble y, por ende, a su propietario. Como una hipoteca, un embargo o derechos de terceros. Lo importante, destaca Sebasti¨¢n del Rey, director de Relaciones Institucionales del Colegio de Registradores, ¡°es que el sistema protege a quien adquiere confiando en el contenido del Registro¡±. Esto quiere decir, aclara, que ¡°no me afectar¨¢ una carga que aparezca despu¨¦s¡±. ¡°Es responsabilidad del que vende tener perfectamente actualizada la titularidad y descripci¨®n de la finca¡±, subraya.
Aunque es inusual, el nuevo propietario puede encontrarse con que la casa ten¨ªa otro due?o. Es lo que le sucedi¨® a un matrimonio que, tras adquirir un piso en Santander por subasta judicial, se top¨® con los muebles y enseres de otra persona nada m¨¢s abrir la puerta. Eran de una mujer que hab¨ªa comprado el inmueble hac¨ªa tres a?os, pero que nunca lleg¨® a inscribirlo. Diez a?os de pleitos y una venta de por medio despu¨¦s, el Tribunal Supremo sentenci¨® a favor de los nuevos propietarios porque no tuvieron forma de saber que la vivienda ten¨ªa otros moradores.
Otro punto a comprobar, advierte la portavoz del Consejo General del Notariado, Mar¨ªa Teresa Barea, es si el inmueble est¨¢ ¡°al corriente de pagos¡±. Hay pufos que persiguen a la casa, no al moroso, como el IBI o los adeudos a la comunidad. ¡°Desde la notar¨ªa podemos solicitar en determinados lugares, en base a acuerdos con colegios de administradores de fincas, los certificados de estado de deudas con la comunidad de propietarios¡±, se?ala. Aunque es obligatorio aportar este comprobante, explica, ¡°el comprador puede exonerar al vendedor¡± del tr¨¢mite. En tal caso, ¡°avisamos de la ausencia de esa informaci¨®n y sus consecuencias, que es que la finca responde de las deudas del a?o en curso y de los tres anteriores¡±. Barea subraya la importancia de acudir siempre a las fuentes oficiales para conocer la situaci¨®n de la finca.
Aunque no siempre es f¨¢cil interpretar estos documentos legales. A veces, la decepci¨®n viene porque el piso no tiene el tama?o imaginado. Algunos anuncios inmobiliarios incluyen la superficie total construida (el per¨ªmetro de la casa) y no los metros cuadrados ¨²tiles. Pero si el comprador lo visit¨® y le pareci¨® bien, es dif¨ªcil reclamar despu¨¦s, advierte Alejandro Fuentes-Lojo. Tampoco, agrega, si pudo percatarse de una grieta y la pas¨® por alto. ¡°Hay que tener en cuenta que el vicio aparente no se puede reclamar¡±, explica. Para poder reclamar al vendedor por los gastos ocasionados por alg¨²n defecto, este no debe ser detectable al ojo inexperto, como la aluminosis (enfermedad del hormig¨®n que afecta a estructuras fabricadas con cemento aluminoso).
La ley permite renunciar a una casa ¡ªo solicitar una rebaja del precio¡ª cuando la vivienda esconde vicios ocultos que la hacen in¨²til, o bien, cuando disminuye su valor. En caso de duda, son los jueces los que resuelven si el defecto es reclamable. La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife dictamin¨® en 2017, por ejemplo, que no es exigible un descuento porque una casa construida en 1952 no tenga un contador independiente de agua.
Anuncios trampa
Las agencias inmobiliarias asumen responsabilidades como intermediarios entre comprador y vendedor. Como advierte el abogado Alejandro Fuentes-Lojo, “lo que no pueden hacer es poner la publicidad de una finca que tiene piscina que, luego, resulta que no posee”. En todo caso, añade Javier Punset, letrado del Bufete Casadeley, “el agente inmobiliario debe verificar la información que facilita al comprador”. Además, las falsas promesas en los folletos pueden acabar con la resolución de la compra. En 2017, el Tribunal Supremo dio la razón a un hombre que se desentendió de la adquisición de una vivienda de Martinsa Fadesa porque, para la fecha de entrega, no estaba concluido el campo de golf y el enlace con la autopista tal y como ofertaron.
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