Amnist¨ªa. Pr¨¢cticas y s¨ªmbolos
M¨¢s all¨¢ de lo apropiado o inapropiado de la propuesta por el presidente mexicano lo que parece ser una reforma amplia para lograr muchas liberaciones, terminar¨¢ por ser un ejercicio acotado
El presidente de la Rep¨²blica mexicana acaba de presentar al Congreso de la Uni¨®n su iniciativa de ley de amnist¨ªa. Se trata, en principio, de un intento para restablecer algunas condiciones de paz en el pa¨ªs. Su finalidad es lograr que las personas que han cometido ciertos delitos federales no sean sometidas a proceso o, si lo fueron, que recuperen su libertad.
Lo primero que llama la atenci¨®n, es el escaso n¨²mero de delitos considerados. La propuesta alude al aborto cuando se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido o a los m¨¦dicos y parteros que lo practicaron sin violencia y con el consentimiento de la madre. Tambi¨¦n a pr¨¢cticamente todas las modalidades de delitos contra la salud, si el perpetrador estaba en situaci¨®n de pobreza, discapacidad permanente o extrema vulnerabilidad, por indicaci¨®n de su c¨®nyuge, concubino, pareja sentimental o parientes, por temor fundado o por haber sido obligado por grupos de delincuencia organizada; por posesi¨®n de narc¨®ticos en cantidades superiores hasta en dos tantos a la dosis m¨¢xima de consumo personal e inmediato sin fines de distribuci¨®n o venta.
Tambi¨¦n habla de los delitos cometidos por personas pertenecientes a pueblos y comunidades ind¨ªgenas que durante su proceso no hubieren tenido el derecho a contar con int¨¦rpretes o defensores con conocimientos de su lengua y cultura. Asimismo, se refiere al robo simple y sin violencia que no amerite pena privativa de libertad de m¨¢s de cuatro a?os, y por el delito de sedici¨®n, o por haber invitado, instigado o incitado a la comisi¨®n de otros delitos formando parte de grupos impulsados por razones pol¨ªticas con el prop¨®sito de alterar la vida institucional, siempre que no se trate de terrorismo y no se hubiere producido la privaci¨®n de la vida, lesiones graves o empleado armas de fuego. En la propuesta se dispone que no se conceder¨¢ el beneficio a quienes hubieren cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, secuestro, utilizado armas de fuego, los previstos en el art¨ªculo 19 constitucional o tengan el car¨¢cter de graves.
Atendiendo a lo anterior, es realmente baja la cantidad de personas que conforme a esta propuesta podr¨¢n ser amnistiados. Por razones competenciales, pocos casos de aborto, robo simple o procesos contra ind¨ªgenas, tienen el car¨¢cter de federal. Desde hace tiempo y afortunadamente, no se han abierto procesos por sedici¨®n u otros delitos que atenten contra la seguridad del Estado. Al conocer los jueces locales de los procesos por narcomenudeo, hay pocos acusados o sentenciados por tribunales federales. M¨¢s all¨¢ de lo apropiado o inapropiado de la medida, lo que parece ser una reforma amplia para lograr muchas liberaciones, terminar¨¢ por ser un ejercicio acotado, si no francamente residual.
Lo que parece m¨¢s interesante, as¨ª sea ineficaz para lograr los objetivos buscados en la exposici¨®n de motivos, son dos cosas. Primero, ante todo, el mensaje de reconciliaci¨®n que se env¨ªa a ciertos colectivos de que, lo hecho por sus miembros, no mantiene un car¨¢cter negativo. Hay, por decirlo as¨ª, la supresi¨®n de las cargas simb¨®licas que, hasta ahora y conforme a las normas vigentes, se hab¨ªan mantenido para, por ejemplo, los consumidores de droga, los ind¨ªgenas o las mujeres que abortaron. La segunda cuesti¨®n a destacar es el contenido del segundo art¨ªculo transitorio, que ordena a la Secretar¨ªa de Gobernaci¨®n promover ante los Gobiernos y legislaturas de las entidades federativas la expedici¨®n de leyes de amnist¨ªa semejantes a la federal.Ambas se?ales son interesantes. Despu¨¦s de tantas improvisaciones y yerros en materia de seguridad, se ha presentado una propuesta que, si bien no tiene la capacidad de imponer directamente la paz, advierte que quienes cometieron algunas conductas il¨ªcitas, debieran reincorporarse a la sociedad. Tal vez ah¨ª, y con todo lo relativo que pueda resultar, hay un principio de distensi¨®n, esa que tanta falta nos hace.
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