El Congreso aprueba la ley que protege a los confidentes arrepentidos en casos de corrupci¨®n
Las represalias contra los denunciantes se sancionar¨¢n con hasta un mill¨®n de euros
El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves el proyecto de ley que regula la protecci¨®n de las personas que informen sobre casos de corrupci¨®n, que sanciona con hasta un mill¨®n de euros a las administraciones o las empresas que tomen represalias contra los denunciantes de pr¨¢cticas corruptas. La norma, que llega con un a?o de retraso sobre el plazo marcado por la UE, deriva de la directiva europea de filtradores (whistleblowers, en ingl¨¦s), por la que se obliga a toda la Administraci¨®n p¨²blica y a las empresas de m¨¢s de 50 trabajadores a tener canales de denuncia que garanticen la confidencialidad para que cualquier ciudadano pueda informar sobre posibles infracciones sin temor a represalias.
La conocida como directiva whistleblower (en referencia al t¨¦rmino anglosaj¨®n que alude ¡°al que hace sonar el silbato¡±) afecta a quienes denuncian irregularidades en su ¨¢mbito laboral. El objetivo de la norma europea es impulsar iniciativas de denuncias como las de Edward Snowden, el consultor que revel¨® el alcance de las interceptaciones de la Agencia de Seguridad de Estados Unidos, o de Jos¨¦ Luis Pe?as, el exconcejal del PP que hizo estallar el caso G¨¹rtel con sus informaciones y para el que el Gobierno tramita un indulto parcial que ha sido respaldado por la Fiscal¨ªa y el Supremo.
Con la nueva ley, el informante ser¨¢ protegido en todo momento, para evitar que, como a menudo ocurre en estos casos, tenga que abandonar su vida anterior o perder el trabajo. La directiva comunitaria ten¨ªa que haber estado traspuesta antes de diciembre de 2021, pero la ley espa?ola (como la de otros 23 Estados miembros) se retras¨®, lo que llev¨® a Bruselas a expedientar a Espa?a y el resto de pa¨ªses incumplidores. La norma europea obliga a las grandes empresas y las Administraciones a disponer de un canal de denuncia interno y seguro para facilitar las denuncias, pero deja en manos de cada pa¨ªs decisiones como si las denuncias solo se podr¨¢n presentar por esos canales o si existen tambi¨¦n v¨ªas externas. Finalmente, Espa?a ha optado por esta segunda v¨ªa y una autoridad independiente gestionar¨¢ un canal externo de denuncias, aunque los canales internos siguen siendo obligatorios y ser¨¢n la v¨ªa preferente para estos casos.
En el sector p¨²blico, la directiva europea daba margen a cada Estado para que decidiera si la obligaci¨®n de disponer de un canal interno se limita a las instituciones m¨¢s grandes. En Espa?a, tendr¨¢n que tenerlo las administraciones p¨²blicas (estatales, auton¨®micas, provinciales, locales...), las universidades, las sociedades y fundaciones, las corporaciones p¨²blicas y todos los ¨®rganos constitucionales, y la Casa del Rey, entre otros. Tambi¨¦n estar¨¢n obligados a contar con un sistema interno de informaci¨®n todos los partidos pol¨ªticos, sindicatos, organizaciones empresariales, as¨ª como las fundaciones que dependan de estos, siempre que gestionen fondos p¨²blicos.
Los receptores de la denuncia estar¨¢n obligados a remitirla a la Fiscal¨ªa si hay indicios de pr¨¢cticas delictivas y esas vulneraciones se dirimir¨¢n en los tribunales. La nueva norma no sanciona las infracciones, sino las posibles represalias contra el denunciante, para lo que se prev¨¦n multas de hasta un mill¨®n de euros. La ley contempla tambi¨¦n la posibilidad de presentar denuncias an¨®nimas, pero se habilitar¨¢ un sistema para poder confirmar la identidad del denunciante.
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