El Abogado General de la UE avala que los interinos nombrados para cubrir una vacante no tengan indemnizaci¨®n
La opini¨®n se refiere a un caso sobre una funcionaria interina de la concejal¨ªa de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid
El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE), Maciej Szpunar, ha avalado este jueves la normativa espa?ola que niega la indemnizaci¨®n por despido a funcionarios interinos nombrados para cubrir una plaza vacante hasta que sea cubierta por un funcionario de carrera.
Se trata de unas conclusiones preliminares que en ning¨²n caso son vinculantes, pero que en la mayor¨ªa de los casos suele marcar la direcci¨®n de la futura sentencia dictada tribunal de Luxemburgo, que llegar¨¢ en los pr¨®ximos meses.
La cuesti¨®n prejudicial fue elevada a la Justicia europea por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n¨²mero 14 de Madrid, instancia a la que lleg¨® el caso de una trabajadora que estuvo empleada en el ?rea de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid como funcionaria interina desde 2005 hasta 2013, cuando fue cesada porque su puesto fue cubierto por un funcionario de carrera.
Esta trabajadora pidi¨® al Ayuntamiento de Madrid que se le reconociera y se le abonara una indemnizaci¨®n por cese a raz¨®n de 20 d¨ªas de salario por a?o trabajado. La reclamaci¨®n fue desestimada por el Director General de Recursos Humanos de la Gerencia de la Ciudad del Ayuntamiento.
En las conclusiones presentadas este jueves, Szpunar propone al TUE declarar que la legislaci¨®n europea "no se opone" a la normativa espa?ola que "no prev¨¦ abono de indemnizaci¨®n alguno a los trabajadores empleados mediante nombramientos de duraci¨®n determinada efectuados para cubrir una plaza vacante hasta que ¨¦sta sea cubierta por un funcionario de carrera".
Adem¨¢s, el letrado ha a?adido adem¨¢s que esto no es incompatible con el hecho de que s¨ª se conceda una indemnizaci¨®n a aquellos trabajadores que prestan servicios como personal laboral fijo como consecuencia de la extinci¨®n de su contrato por una causa objetiva.
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