El Supremo zanja el debate sobre los repartidores: declara asalariados a 532 ¡®riders¡¯ de Deliveroo
Los magistrados se postulan ¡°a favor del car¨¢cter laboral de la relaci¨®n del repartidor con la plataforma digital¡±
El Supremo da por zanjado el debate jur¨ªdico sobre el uso de trabajadores aut¨®nomos en plataformas digitales. El Alto Tribunal ya declar¨® falso aut¨®nomo a un repartidor de Glovo en septiembre del a?o pasado. Bas¨¢ndose en esa sentencia, ha desestimado ahora el recurso de Deliveroo en el macrojuicio de 532 repartidores en Madrid, pendiente desde 2019. En el auto, firmado la semana pasada y al que ha tenido acceso EL PA?S, los magistrados mandan un mensaje claro a las empresas: ¡°La sentencia de esta Sala Cuarta trata de un asunto de m¨¢xima relevancia y actualidad, al abordar la cuesti¨®n de si debe considerarse como relaci¨®n laboral el trabajo vinculado a las plataformas digitales, y se pronuncia a favor del car¨¢cter laboral de la relaci¨®n del repartidor con la plataforma digital¡±.
Para argumentar su posici¨®n, los magistrados reiteran en varias ocasiones y a lo largo de 19 folios que el fallo contra Glovo ya sent¨® jurisprudencia y recuerdan que contradecir una sentencia del Supremo es motivo para inadmitir un recurso. ¡°La pretensi¨®n impugnatoria [de Deliveroo] es contraria a la doctrina de esta Sala fijada en la reciente sentencia de 25 de septiembre de 2020¡å, se lee en el texto. Aquel fallo contra Glovo fue dictado por unanimidad por todos los jueces de la instituci¨®n, tras ser elevado al pleno del Alto Tribunal.
Jes¨²s Cruz, catedr¨¢tico de Derecho del Trabajo en la Universidad de Sevilla, opina que tras este auto ¡°el grueso del debate en Espa?a sobre los repartidores queda cerrado¡± y recalca que lo m¨¢s importante es que ¡°afecta a la totalidad de las empresas que distribuyen mercanc¨ªas vali¨¦ndose de algoritmos¡±. En la misma l¨ªnea opina Adri¨¢n Todol¨ª, doctor en Derecho del Trabajo por la Universidad de Valencia: ¡°Poco m¨¢s puede hacer el Supremo. Aqu¨ª ya solo queda cumplir¡±.
Hasta ahora, las grandes empresas de reparto que hab¨ªan sido denunciadas por la Inspecci¨®n de Trabajo por valerse de falsos aut¨®nomos (Amazon, Uber y Deliveroo, adem¨¢s de Glovo) argumentaban p¨²blicamente que la sentencia de Glovo no les ata?¨ªa porque se refer¨ªa a un ciclista concreto y de otra compa?¨ªa, y repet¨ªan que a¨²n no hab¨ªa habido un posicionamiento firme del Supremo sobre la laboralidad de los repartidores, por lo que pod¨ªan seguir vali¨¦ndose de aut¨®nomos para despachar pedidos. Incluso Glovo aseguraba que el dictamen juzgaba un caso de 2017, por lo que no era extrapolable a la actualidad.
Sin embargo, este nuevo auto recoge expl¨ªcitamente que todos los riders cumplen con las condiciones para ser asalariados. El Supremo se hace eco de la ¡°elaborada resoluci¨®n¡± del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en el macrojuicio de Deliveroo, en el que los magistrados recogen que los ciclistas y motoristas aut¨®nomos de la empresa de la mochila azul trabajaban bajo ¡°habitualidad¡±y ¡°dependencia¡±, ya que se les localiza por GPS y se les penaliza si rechazan pedidos.
Igualmente, los repartidores est¨¢n vinculados a Deliveroo en el ¡°¨¢mbito rector, organizativo y de direcci¨®n de la empresa, pues los medios puestos por el repartidor (moto o bicicleta, y tel¨¦fono m¨®vil) son muy poco significativos, en comparaci¨®n con la importante organizaci¨®n estructural necesaria para la actividad¡±, seg¨²n recoge el auto firmado la pasada semana.
Con esta argumentaci¨®n, el TSJM dio la raz¨®n a los repartidores y a la Seguridad Social en enero de 2020, en un juicio celebrado tras un recurso presentado por Deliveroo despu¨¦s de perder un proceso previo en un juzgado de Madrid en julio de 2019. Tras el dictamen del TSJM, la tecnol¨®gica volvi¨® a recurrir ante el Supremo por casaci¨®n (contraponiendo un fallo del TSJ de Cantabria), pero el Supremo ha desestimado ahora la argumentaci¨®n, condenando a Deliveroo a asumir las costas del juicio. Adem¨¢s, la firma de reparto deber¨¢ hacerse cargo de las cuotas no pagadas a los 532 repartidores que le reclam¨® la Seguridad Social.
Desde UGT, uno de los sindicatos participantes del macrojuicio, celebran la inadmisi¨®n del recurso, lo que ¡°supone una confirmaci¨®n del criterio del Supremo con independencia de que sea una empresa u otra¡±, en palabras de Bernardo Garc¨ªa, abogado de la confederaci¨®n. Rub¨¦n Ranz, encargado de la divisi¨®n de plataformas digitales de UGT, asegura que el fin del proceso abre la puerta a otros juicios contra Deliveroo, paralizados a la espera de la sentencia del Supremo por tratarse de un conflicto colectivo, y en los que los jueces deber¨ªan tomar la posici¨®n del Alto Tribunal si se tratan de casos similares.
Los jueces del Supremo tambi¨¦n aprovechan el auto para reflexionar sobre las implicaciones sociales y jur¨ªdicas de las plataformas digitales: ¡°En los ¨²ltimos tiempos venimos asistiendo a algunos cambios en el modo de trabajar como consecuencia de la implantaci¨®n de las nuevas tecnolog¨ªas (...). Este nuevo modo de prestar servicios, si bien resulta a¨²n marginal, marca una l¨ªnea de tendencia a la que se debe prestar atenci¨®n pues no cabe duda de su creciente generalizaci¨®n, suscitando problemas de protecci¨®n jur¨ªdica, entre otros¡±.
El fin del macrojuicio coincide con la votaci¨®n este jueves en el Congreso de la llamada ley de riders, que ya fue aprobada en Consejo de Ministros a comienzos de mes, y el posicionamiento del Tribunal Supremo dar¨¢ soporte a los argumentos del Gobierno en el debate parlamentario. ¡°Esta norma protege a los m¨¢s vulnerables porque afecta a los j¨®venes de nuestro pa¨ªs, y de ah¨ª la gran importancia que tiene lo que estamos haciendo¡±, declar¨® la ministra de Trabajo, yolanda D¨ªaz, tras la firma del real-decreto ley.
¡°Esto allana el camino para una aplicaci¨®n pac¨ªfica para el decreto del Gobierno¡±, reconoce el jurista Jes¨²s Cruz, quien propone aparcar este debate para iniciar el siguiente: ¡°?Pueden estas empresas garantizar los est¨¢ndares laborales utilizando las herramientas de flexibilidad que recoge la ley?¡±.
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