Condenada una constructora tras aflorar diferencias retributivas entre sexos
Una jueza obliga a la empresa a pagar a una ingeniera el mismo salario que a su compa?ero var¨®n. Se trata de una sentencia pionera tras la entrada en vigor del registro salarial obligatorio
La constructora Azvi ha sido condenada por discriminar a una empleada, ingeniera de caminos, frente a su compa?ero, que realizaba el mismo trabajo pero cobraba m¨¢s. La resoluci¨®n, del juzgado de lo Social n¨²mero 22 de Madrid, obliga a la compa?¨ªa a igualarle el sueldo y a compensarle con 13.000 euros adicionales. Se trata de la primera sentencia que se dicta tras la entrada en vigor, en abril de 2021, de la obligaci¨®n de llevar un registro salarial en las empresas para luchar contra estas desigualdades. La demanda se apoy¨®, precisamente, en la informaci¨®n incluida en este registro.
El fallo, del pasado 31 de marzo, concluye que no existe ¡°causa objetiva y razonable¡± que justifique la diferencia de sueldos entre compa?eros, por lo que existe una discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo. La empresa recurrir¨¢ la decisi¨®n.
Maternidad
La demandante, Mar¨ªa Jos¨¦ Mar¨ªa Cominero, llevaba doce a?os como t¨¦cnico de estudios en la constructora. Su sueldo se estanc¨® desde el momento en que pidi¨® una reducci¨®n de jornada de un octavo para cuidar de su primer hijo en 2015. Ese mismo a?o, entr¨® al departamento un nuevo compa?ero a jornada completa que hac¨ªa el mismo trabajo, pero cobrando unos 17.000 euros m¨¢s que ella, seg¨²n calcula la abogada. Una situaci¨®n de la que Cominero siempre sospech¨® cuando ped¨ªa una subida a su jefe y este le apoyaba diciendo que ¡°ten¨ªa un sueldo bajo¡±. Mientras que a ella dejaron de pagarle gratificaciones por su trabajo, su colega se embolsaba estos complementos y, adem¨¢s, sus n¨®minas aumentaron.
Cominero solicit¨® formalmente a la compa?¨ªa los datos sobre las diferencias porcentuales en los sueldos de hombres y mujeres y comprob¨® que ellas cobraban un 35 % menos. ¡°La ley me hizo tener algo en qu¨¦ apoyarme¡±, reconoce. Se decidi¨® por no aguantar m¨¢s la ¡°humillaci¨®n¡± pese a las posibles represalias: ¡°Ten¨ªa que hacerlo ahora que a¨²n soy joven y puedo tener ofertas en el mercado laboral¡±.
Su abogada, Fe Qui?ones, de Javaloyes Legal, lo vio claro: ¡°Era un caso evidente de discriminaci¨®n retributiva en un sector, adem¨¢s, hist¨®ricamente masculinizado¡±. A partir de ah¨ª, dieron los siguientes pasos: pedir los datos del registro retributivo, denunciar el caso a la Inspecci¨®n de Trabajo, cuyo informe apoy¨® su tesis, y armar la demanda.
En este asunto, a?ade Qui?ones, se sumaba el hecho de que su cliente ten¨ªa horario reducido para el cuidado de sus hijos. ¡°Llevo muchos casos en los que la reducci¨®n de jornada, o la conciliaci¨®n laboral, a la mujer ¡ªy ahora tambi¨¦n al hombre¡ª le perjudica profesionalmente¡±, afirma. Pese a las evidencias, cuenta la abogada, la empresa no recul¨®, as¨ª que presentaron la demanda por vulneraci¨®n de derechos fundamentales. En ella pidieron igualar el salario de Cominero con el de su compa?ero y algo m¨¢s de 37.000 euros por los da?os morales. ¡°Calcul¨¦ lo que ella podr¨ªa haber ganado los ¨²ltimos cuatro a?os¡±, afirma.
Mismo trabajo
La jueza constat¨® que, efectivamente, la ingeniera demandante cobraba proporcionalmente menos que su compa?ero ingeniero t¨¦cnico. En 2020, frente a los 47.999,50 euros brutos de ¨¦l, Cominero percibi¨® 26.856,92 euros. Adem¨¢s, el hombre ingres¨® 3.000 euros de gratificaci¨®n.
La empresa defendi¨® esta diferencia argumentando que el compa?ero hac¨ªa una labor m¨¢s cualificada al ocuparse de ofertas internacionales. Durante la pandemia, esgrimi¨®, hab¨ªa realizado tres expedientes de este tipo. Adem¨¢s, arguy¨®, el sueldo de la demandante estaba por encima de convenio y, prueba de que no exist¨ªa discriminaci¨®n machista en la oficina, era que una compa?era en com¨²n era la que m¨¢s ganaba. Desde Azvi afirmaron que la demandante no ten¨ªa la misma capacitaci¨®n, ni llevaba a cabo las mismas funciones y ten¨ªa menos experiencia profesional.
¡°Yo hac¨ªa lo mismo que mi compa?ero, lo ¨²nico que ¨¦l hizo durante la pandemia fue una colaboraci¨®n cuando aqu¨ª la Administraci¨®n estaba paralizada; adem¨¢s, en doce a?os en la compa?¨ªa no hab¨ªa tenido queja alguna y se estaba diciendo que si no me igualaban el sueldo era porque yo no ten¨ªa la misma capacidad para hacer ciertos trabajos¡±, cuenta Cominero.
La jueza, tras escuchar a los testigos, no encontr¨® ¡°una justificaci¨®n objetiva y razonable para dicha diferencia retributiva¡±. Ambos hab¨ªan sido contratados para ¡°id¨¦nticas funciones¡±, y, m¨¢s all¨¢ de que el hombre hab¨ªa realizado tres ofertas internacionales, no constaba ni el tiempo de trabajo para su desarrollo, ni los trabajos concretos efectuados para poder valorar estas tareas adicionales. ¡°Lo que se acredita es que la demandante cuenta con reducci¨®n de jornada por guarda legal, que lleva las mismas obras, en cuanto a n¨²mero y cuant¨ªa econ¨®mica que el compa?ero, y que este lleva a cabo dichas funciones adicionales, sin que pueda descartarse que se trate de trabajo equivalente o de igual valor¡±, concluye.
Por tanto, condena a la empresa por discriminaci¨®n salarial y le obliga a igualar los salarios; sin embargo, rechaza la petici¨®n de 37.000 euros por da?os morales y dispone que se le abonen 13.000 euros por las diferencias retributivas de los dos ¨²ltimos a?os, ya que solicit¨® la revisi¨®n salarial en febrero de 2021.
Para la abogada Fe Qui?ones, se trata de una sentencia pionera y ¡°francamente muy buena¡±. Pese a que est¨¢ anunciado el recurso, cree que ser¨¢ dif¨ªcil que ganen. ¡°Es una sentencia muy importante porque en determinados sectores, por ejemplo, el de construcci¨®n, la mujer sufre discriminaci¨®n derivada de un concepto cultural hist¨®rico en un ambiente muy masculino y tradicional¡±, afirma. Mar¨ªa Jos¨¦ est¨¢ a¨²n de baja por la ansiedad que le caus¨® el juicio, pero cree que ha hecho lo correcto. Convencida de que ten¨ªa la raz¨®n, demand¨® por ella misma, pero est¨¢ feliz si, con esto, puede ayudar a m¨¢s gente: ¡°No hay que callarse por miedo¡±.
Registro retributivo
El Real Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre hombres y mujeres (en vigor desde el 14 de abril de 2021), estableció dicho registro como una herramienta de transparencia al desarrollar el principio por el que el empresario tiene que pagar la misma retribución por la prestación de un trabajo de igual valor. En principio, toda la plantilla puede solicitar los datos, que muestran los valores medios de los sueldos desagregados por sexo y distribuidos por grupo o categoría profesional. Si bien solo los representantes sindicales tienen acceso al contenido íntegro, en empresas sin esta representación el empleado tiene derecho a saber, al menos, las diferencias porcentuales promediadas.
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