As¨ª cambi¨® la Gran Recesi¨®n las sentencias sobre vivienda en Espa?a
Un grupo de f¨ªsicos y juristas analiza el cambio en los fallos entre 2001 y 2018: los asuntos relacionados con cl¨¢usulas abusivas se multiplicaron por 27
Nada en Espa?a escap¨® a las consecuencias de la Gran Recesi¨®n. Tampoco los tribunales, como prueban las decenas de miles de asuntos que siguen pendientes de resoluci¨®n en los juzgados especializados en cl¨¢usulas abusivas. Pero, ?es posible medir ese impacto? ?C¨®mo influyeron los cambios sociales y legales? Estas preguntas son el punto de partida de un trabajo acad¨¦mico de la C¨¢tedra Unesco de Vivienda de la Universitat Rovira i Virgili (URV) que firman un equipo interdisciplinar de f¨ªsicos y juristas. Usando t¨¦cnicas de ling¨¹¨ªstica computacional han analizado unas 100.000 sentencias y la conclusi¨®n es clara: los tribunales espa?oles vivieron ¡°un abrupto cambio en las decisiones relacionadas con la vivienda alrededor de 2016¡å.
M¨¢s concretamente, resume el f¨ªsico Lluc Font Pomarol, estudiante de doctorado en la URV y primer firmante del trabajo, este muestra ¡°c¨®mo entre 2013 y 2016 empiezan a aparecer unas tem¨¢ticas en materia de vivienda que son importantes y otras que dejan de serlo¡±. La aportaci¨®n de los f¨ªsicos ha sido la de utilizar ¡°t¨¦cnicas computacionales para poder medir el cambio¡±. El an¨¢lisis se basa en tem¨¢ticas, expresadas a trav¨¦s de conjuntos de palabras o de leyes, que los expertos en derecho han ayudado a interpretar. En total, se han identificado 136 tem¨¢ticas l¨¦xicas significativas y otras 79 de tipo legal. El trabajo, publicado en el European Journal of Physics, se centra sobre todo en cuatro de ellas.
¡°Escogimos el ¨¢mbito de la vivienda precisamente porque es un ¨¢mbito que se ha movido mucho en los ¨²ltimos a?os, tanto en jurisprudencia, como en legislaci¨®n, como en movimientos sociales¡±, explica Sergio Nasarre, catedr¨¢tico de Derecho Civil y exdirector de la c¨¢tedra de la universidad tarraconense. Su trabajo ha sido el de interpretar los datos que arrojaban las herramientas de c¨¢lculo y ayudar a afinar las b¨²squedas. Es as¨ª como se sabe, por ejemplo, que la tem¨¢tica l¨¦xica 108, que multiplic¨® por 27 su presencia en las sentencias estudiadas entre 2008 y 2015, se refiere a cl¨¢usulas abusivas en las hipotecas. Es un asunto que gan¨® lentamente importancia en la jurisprudencia espa?ola, pero que dio un salto significativo en 2013 al aparecer en m¨¢s de un 1% de los fallos analizados (llegar¨ªa a superar el 6%).
El trabajo de los investigadores de la URV explica ese cambio por la sentencia europea del caso Aziz. As¨ª se apellidaba el obrero de origen marroqu¨ª, desahuciado junto con su familia en Martorell (Barcelona), al que el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea reconoci¨® el derecho a haberse podido defender como consumidor de las cl¨¢usulas abusivas que conten¨ªa su contrato hipotecario. Ese fallo oblig¨® a cambiar la legislaci¨®n espa?ola y, como muestra el art¨ªculo publicado ahora, provoc¨® un terremoto . El pico en torno a 2015 se explica, seg¨²n los investigadores, porque por razones metodol¨®gicas la mayor¨ªa de sentencias utilizadas proceden de tribunales de apelaci¨®n (fundamentalmente, audiencias provinciales) y los casos tardan entre uno y dos a?os en llegar hasta estas instancias.
Otro conjunto l¨¦xico que ha llamado la atenci¨®n de los expertos es el identificado como n¨²mero 14. Se refiere a casos de perturbaci¨®n de la posesi¨®n o de riesgo de posesi¨®n, lo que lo relaciona con ocupaciones de car¨¢cter no violento. En el periodo que abarcan las sentencias, desde 2001 a 2018, su presencia se multiplic¨® por m¨¢s de 10 y lleg¨® a rozar una frecuencia del 3% en los fallos de los ¨²ltimos a?os. El motivo, en este caso, se explica por un cambio legislativo, cuando en la reforma del C¨®digo Penal de 2015 se sustituy¨® el concepto de falta por el de delito leve, que es en el que se encuadran las ocupaciones pac¨ªficas. Las sentencias analizadas son de dos tipos: las que reconocen ese tipo de delito leve y las que lo mencionan para recordar que el procedimiento penal es el ¨²ltimo recurso y antes debe acudirse al procedimiento civil.
Cambios de procedimiento
El asunto, precisamente, se relaciona tambi¨¦n con las dos tem¨¢ticas legales m¨¢s destacadas (la 41 y la 42, de las 79 identificadas. El primero se refiere tambi¨¦n a casos de usurpaci¨®n recogidos en el art¨ªculo 245 del c¨®digo penal y el art¨ªculo asegura que ¡°el abrupto incremento en el uso de este art¨ªculo en decisiones relacionadas con la vivienda desde 2016 es tambi¨¦n ilustrativo¡±. El hecho de que durante a?os no se adoptaran medidas legales para paliar las consecuencias sociales de la crisis, y que cuando se hizo fueran ¡°muy d¨¦biles y no estructurales¡±, provoc¨® ¡°un aumento de casos en casos civiles y criminales de ocupaci¨®n¡±. El art¨ªculo en cuesti¨®n lleg¨® a aparecer en un 14% de las sentencias estudiadas en 2017, es decir, 60 veces m¨¢s que en 2002, el a?o con menos frecuencia. La tem¨¢tica 42 se refiere a normas de procesamiento jur¨ªdico y su incremento se relaciona tambi¨¦n con el delito leve de usurpaci¨®n.
De las 100.000 sentencias analizadas, 26.000 eran sobre vivienda y las restantes se refieren a homicidios o disputas de tipo comunitario. Se trata de dos corpus de control que apenas variaron en el tiempo, lo que contrasta con las alteraciones que acabar¨ªa provocando la crisis de 2008 en las decisiones judiciales sobre vivienda, as¨ª como en las reacciones sociales y pol¨ªticas a aquella situaci¨®n. Al fin y al cabo, las cicatrices de la Gran Recesi¨®n no se notaron solo en los juzgados, porque como recuerda el estudio, ¡°desde 2007 y en menos de una d¨¦cada, se iniciaron m¨¢s de 700.000 procedimientos de ejecuci¨®n hipotecaria¡±, llegaran o no a los tribunales.
Visto retrospectivamente, ¡°los bancos usaban decisiones est¨¢ndar de ejecuci¨®n hipotecaria y el cambio arranc¨® de algunos jueces que empezaron a mirar posibles cl¨¢usulas abusivas¡±, recuerda Nasarre. ¡°De repente¡±, a?ade, ¡°sentencias como la del caso Aziz y otras en Europa trajeron la idea de que hab¨ªa que tener en cuenta argumentos que antes de 2013 casi ning¨²n juez se planteaba¡±. Adem¨¢s de Nasarre y Font, el art¨ªculo Socially disruptive periods and topics from information-theoretical analysis of judicial decisions (Periodos y temas socialmente disruptivos desde un an¨¢lisis informativo-teor¨¦tico de las decisiones judiciales) lo firman Angelo Piga, Rosa Mar¨ªa Garc¨ªa Teruel, Marta Sales Pardo y Roger Guimer¨¤.
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