El registro ¨²nico de alquiler tur¨ªstico y de temporada entra en vigor este jueves
Espa?a ser¨¢ el primer pa¨ªs europeo en poner en marcha el reglamento sobre alquileres de corta duraci¨®n exigido por Bruselas
El Gobierno da un paso m¨¢s en la regulaci¨®n del mercado de alquileres de corta duraci¨®n con la entrada en vigor, este 2 de enero, del registro ¨²nico de arrendamientos. Su puesta en marcha es el ¨²ltimo intento por controlar un sector caracterizado por el auge de plataformas digitales para pisos vacacionales y de arrendamientos de temporada ¡ªrecogido en la Ley de Arrendamientos Urbanos como una alternativa al de vivienda habitual¨D. Aunque la medida no ser¨¢ plenamente operativa hasta el 1 de julio de 2025, Espa?a se convierte de facto en el primer pa¨ªs del bloque en cumplir con la exigencia europea de tener un reglamento de informaci¨®n para este tipo de pisos. Se adelanta, de hecho, al calendario establecido por Bruselas, que fij¨® como fecha l¨ªmite verano de 2026.
El registro ¨²nico vendr¨¢ acompa?ado de una Ventanilla ?nica Digital de Arrendamientos. Se trata de un sistema inform¨¢tico a trav¨¦s del cual se comunicar¨¢n las plataformas como Airbnb o Booking con la Administraci¨®n. A partir de ahora, cada propiedad destinada a este tipo de arrendamiento deber¨¢ contar con un n¨²mero de identificaci¨®n que certifique su cumplimiento con la normativa vigente. La medida busca erradicar del mercado aquellos pisos que no cuenten con las licencias necesarias y frenar la escalada de precios en ciudades como Barcelona o Madrid, ya que el Gobierno considera que estas modalidades, al margen de la vivienda habitual, est¨¢n agravando la crisis de accesibilidad en el mercado del alquiler.
El impacto de esta medida se siente especialmente en el caso de los alquileres de temporada, una categor¨ªa que tanto el Gobierno como analistas consideran que ha sido utilizada como subterfugio para eludir las normas del arrendamiento habitual. Por ejemplo, en Barcelona, donde existen controles de precios sobre el parque residencial, el alquiler temporal se ha convertido en una v¨ªa para esquivar estas restricciones. Pero con las nuevas reglas ser¨¢ obligatorio justificar la causa del contrato temporal, asegurando que este se destine exclusivamente a situaciones como desplazamientos laborales, alojamiento de estudiantes o tratamientos m¨¦dicos.
La norma tambi¨¦n afecta los alquileres de habitaciones o de otras propiedades, como buques o embarcaciones, que permitan el alojamiento de corta duraci¨®n y que conlleven una remuneraci¨®n econ¨®mica, siempre y cuando se oferten a trav¨¦s de plataformas digitales. En todos los casos, los arrendadores est¨¢n obligados a obtener un n¨²mero de registro, aportar la informaci¨®n requerida y actualizarla, as¨ª como comunicar a las plataformas el c¨®digo asignado por el Registro de la Propiedad o el de Bienes Muebles.
El tr¨¢mite para obtener el n¨²mero de registro podr¨¢ gestionarse en l¨ªnea, a trav¨¦s de la sede electr¨®nica del Colegio de Registradores, o en el Registro de la Propiedad o Bienes Muebles correspondiente. La solicitud debe incluir la ubicaci¨®n del inmueble, el c¨®digo registral ¨²nico de la finca, su referencia catastral, o, en el caso de embarcaciones, los datos del propietario. Tambi¨¦n deber¨¢ especificarse si el arrendamiento cubre toda la finca o solo una parte, y el n¨²mero m¨¢ximo de inquilinos permitidos.
Los arrendadores estar¨¢n obligados a renovar su inscripci¨®n cada 12 meses y a presentar un informe anual con los datos de actividad. Este enfoque busca garantizar la vigencia de la informaci¨®n y una mayor supervisi¨®n de los movimientos del mercado. Aunque a¨²n falta por definir un r¨¦gimen sancionador espec¨ªfico para las infracciones, se aplicar¨¢n las normativas estatales, auton¨®micas y locales vigentes hasta que se establezcan penalizaciones propias.
La introducci¨®n del n¨²mero de registro no solo tiene implicaciones para los arrendadores, sino tambi¨¦n para las plataformas digitales como Airbnb o Booking. Estas estar¨¢n obligadas a garantizar que los anuncios incluyan dicho identificador y a retirar en un plazo de 48 horas aquellos que carezcan de ¨¦l o que incumplan los requisitos legales. Adem¨¢s, deber¨¢n realizar comprobaciones peri¨®dicas y transmitir a la Ventanilla ?nica Digital un informe mensual detallado sobre la actividad de cada propiedad.
El Ministerio de Vivienda, liderado por Isabel Rodr¨ªguez, ha subrayado que el periodo transitorio entre enero y julio de este a?o servir¨¢ para que las empresas y las administraciones se adapten a la norma, aprobada por el Consejo de Ministros a finales de 2024. En estos seis meses, se testar¨¢ la funcionalidad del sistema para garantizar una implementaci¨®n eficaz antes del periodo tur¨ªstico de verano, momento en que el mercado de alquileres vacacionales suele alcanzar su pico m¨¢ximo de actividad. Esta transitoriedad tambi¨¦n evita que la medida interfiera con la Semana Santa, cuya importancia para el sector tur¨ªstico ya hab¨ªa sido motivo de preocupaci¨®n para el Gobierno.
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