Reducci¨®n de las multas, cannabis en el balc¨®n y manifestaciones sin previo aviso: 10 cambios de la ¡®ley mordaza¡¯ que no ver¨¢n la luz
El fracaso de la reforma parlamentaria dejar¨¢ sin efectos los cambios que el bloque de investidura hab¨ªa acordado en el ¨²ltimo a?o
El fracaso de los socios de investidura en la reforma de la ley de seguridad ciudadana, la conocida como ley mordaza, ha convertido en papel mojado los acuerdos alcanzados durante un a?o de negociaciones por los seis partidos que defend¨ªan cambiar la pol¨¦mica norma que el PP aprob¨® en 2015 gracias a su mayor¨ªa absoluta. Durante ese tiempo, PSOE, Unidas Podemos, PNV, ERC, EH Bildu y Junts hab¨ªan alcanzando acuerdos, mediante m¨¢s de 70 enmiendas parciales, para reformar 36 de los 54 art¨ªculos y una decena de disposiciones adicionales de la ley. No lo lograron en cuatro art¨ªculos y ello aboc¨® la reforma al fracaso. Estos son los 10 cambios m¨¢s relevantes que ya estaban pactados y que finalmente no ver¨¢n la luz.
Cuant¨ªas de las multas. Una de las modificaciones ahora frustradas afectaba al bolsillo de los ciudadanos. La reforma planteaba rebajar las sanciones en un 50% si el infractor ganaba menos de 1,5 veces el salario m¨ªnimo interprofesional (SMI, fijado en la actualidad en 14 pagas de 1.000 euros). La ley que seguir¨¢ en vigor solo contemplaba esa reducci¨®n cuando el sancionado se acog¨ªa al pago voluntario. La rebaja pretend¨ªa tambi¨¦n que el recorte del importe fuera del 25% cuando el infractor percibiera entre 1,5 y 2,5 veces el SMI. Adem¨¢s, pretend¨ªa reducir las cuant¨ªas m¨¢ximas en las infracciones leves y graves, que hubieran pasado de este modo de los 600 euros a los 500, en el primero de los casos, y de 30.000 a 25.000 en el segundo. Adem¨¢s, los seis partidos pretend¨ªan incluir en la ley ¡°el concepto de conciliaci¨®n ante la imposici¨®n de una sanci¨®n¡±. Esto se iba a traducir en que se podr¨ªa acordar suspender o reducir la cuant¨ªa de la misma si hab¨ªa conciliaci¨®n del autor de la infracci¨®n con las personas ofendidas o si aquel realiza una ¡°actividad reparadora¡±. Esta medida se iba a potenciar cuando el sancionado fuese menor de edad.
Tenencia y cultivo de cannabis. El acuerdo contemplaba rebajar de grave a leve (con la consiguiente reducci¨®n de la sanci¨®n) la tenencia de cannabis y otras sustancias estupefacientes. El acuerdo tambi¨¦n propon¨ªa rebajar las sanciones por el cultivo de plantas de cannabis que, adem¨¢s, ya no hubiera sido infracci¨®n por el simple hecho de ser visibles al p¨²blico (por encontrarse en balcones o terrazas, por ejemplo), sino ¨²nicamente cuando hubieran sido ¡°accesibles al p¨²blico¡±. Adem¨¢s, pretend¨ªa modificar el motivo por el que el propietario de un local abierto al p¨²blico donde se consumiera droga pod¨ªa ser sancionado. Este solo habr¨ªa sido multado si permit¨ªa ese consumo. La ley que seguir¨¢ en vigor hablaba de hacerlo con los conceptos m¨¢s ambiguos de ¡°tolerancia¡± o ¡°falta de diligencia para impedirlo¡±.
Prostituci¨®n callejera. Entre los art¨ªculos que los seis partidos hab¨ªan acordado modificar estaba el 36.11. El texto ahora frustrado pretend¨ªa suprimir la advertencia legal y posible sanci¨®n por desobediencia a los trabajadores sexuales que ejercieran en la v¨ªa p¨²blica. Lo que s¨ª se manten¨ªa es la sanci¨®n a los clientes cuando demanden estos servicios cerca de ¨¢reas destinadas al uso por parte de menores.
Manifestaci¨®n sin comunicaci¨®n. La reforma pretend¨ªa que no fuese sancionable que los ciudadanos ejercieran el derecho de reuni¨®n sin comunicaci¨®n previa ¡°ante hechos que requieran de una manifestaci¨®n o expresi¨®n p¨²blica inmediata¡±, siempre y cuando no se causase violencia o alteraci¨®n del orden p¨²blico. Los seis partidos hac¨ªan hincapi¨¦ en que las autoridades deber¨ªan velar en todo momento ¡°por el respeto al libre ejercicio del derecho de reuni¨®n, manifestaci¨®n y libre expresi¨®n de las personas en espacio p¨²blico¡±. Tras el fracaso de la reforma, las personas que se manifiesten sin avisar con car¨¢cter previo a las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno cometer¨¢n una infracci¨®n leve, con multas entre 100 y 600 euros.
Sanciones a convocantes. El acuerdo planteaba a?adir al art¨ªculo 30 de la ley un punto para eximir a los organizadores de una manifestaci¨®n de cualquier responsabilidad en los incidentes que se hubieran producido en esta, siempre y cuando hubieran dispuesto las medidas de seguridad que hubieran anunciado o, en su caso, aquellas a que les hubiera obligado la autoridad gubernativa. Tambi¨¦n se pretend¨ªa eliminar la posibilidad de considerar organizador o promotor de una reuni¨®n no comunicada a una persona concreta por el mero hecho de portar banderas o pancartas.
Aviso previo. Para minimizar el riesgo de que las protestas callejeras acabasen en altercados, la reforma planteaba la obligaci¨®n de que la polic¨ªa lanzase un aviso previo a los asistentes de que iban a utilizar material antidisturbios para disolver la concentraci¨®n. ¡°Antes de adoptar las medidas, las unidades actuantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deber¨¢n avisar de tales medidas a las personas afectadas de manera verbal claramente audible, con indicaci¨®n expresa del plazo previo a la adopci¨®n efectiva de las mismas¡±, recog¨ªa el texto ahora frustrado. Adem¨¢s, se iba a obligar al Ministerio del Interior y a los gobiernos auton¨®micos con polic¨ªas propias a incluir en los planes de formaci¨®n de sus agentes m¨®dulos ¡°sobre mediaci¨®n y empleo de m¨¦todos adecuados como v¨ªa alternativa de soluci¨®n de conflictos¡± para que la disoluci¨®n de las manifestaciones con cargas policiales fuese el ¨²ltimo recurso.
Rodear el Congreso. Las manifestaciones que provoquen ¡°perturbaci¨®n grave de la seguridad ciudadana¡± frente al Congreso de los Diputados, el Senado o las asambleas legislativas auton¨®micas habr¨ªan dejado de ser infracci¨®n grave de haber salido adelante la reforma. Ahora seguir¨¢n siendo sancionables. En su d¨ªa, el PP hizo una menci¨®n expresa en la ley a estas protestas para frenar las movilizaciones bautizadas como ¡°rodea el Congreso¡± que se produjeron a ra¨ªz de la crisis econ¨®mica.
Dos horas para identificar. El art¨ªculo 16 permite a las fuerzas de seguridad llevar a una persona a dependencias policiales y retenerla all¨ª un m¨¢ximo de seis horas para su identificaci¨®n. La reforma planteaba que llevar a un ciudadano a comisar¨ªa para filiarlo fuese algo excepcional y, por ello, reduc¨ªa a dos horas el tiempo m¨¢ximo para realizar esta comprobaci¨®n, aunque dejaba la puerta abierta hasta las seis horas siempre y cuando los agentes explicitaran de manera ¡°verificable¡± cu¨¢l hab¨ªa sido la causa. Adem¨¢s, para evitar identificaciones por motivos ¨¦tnicos, fijaba que estas estuvieran basadas en una sospecha razonable que respondiera al ¡°comportamiento individual de la persona o a la informaci¨®n o circunstancias objetivas¡± y no a simples cuestiones f¨ªsicas.
Presunci¨®n de veracidad. El acuerdo tambi¨¦n modificaba el valor casi absoluto que, en opini¨®n de los seis partidos, la ley mordaza da a la presunci¨®n de veracidad de los agentes (art¨ªculos 19 y 52). El bloque de investidura hab¨ªa pactado incluir la exigencia de ¡°l¨®gica, coherencia y razonabilidad¡± tanto en las declaraciones de los agentes como en los textos de sus actas y atestados para que conservasen esa presunci¨®n.
Okupaci¨®n. El acuerdo tambi¨¦n comprend¨ªa la supresi¨®n de varios apartados del art¨ªculo 37, en concreto aquellos que sancionan la okupaci¨®n de inmuebles, viviendas o locales, as¨ª como la ocupaci¨®n de la v¨ªa p¨²blica para la venta ambulante, el conocido como top manta. En este mismo art¨ªculo, el acuerdo de los seis partidos contemplaba dejar sin sanci¨®n ¡°ejecutar actos de exhibici¨®n obscena¡± en un intento de proteger el nudismo. El fracaso de la reforma mantendr¨¢ todo ello como infracci¨®n leve, sancionable con multas de 100 a 600 euros.
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