Hacienda batalla 30 a?os despu¨¦s por cobrar 8,3 millones del IRPF de Mario Conde
La Agencia Tributaria consigue que se declare responsable subsidiario de la deuda a la empresa Las Salcedas
La Agencia Tributaria es como una hormiga, lenta pero laboriosa y persistente, que al final suele llevarse el gato al agua cuando encuentra alguna anomal¨ªa fiscal. La Audiencia Nacional ha desestimado un recurso de la empresa Las Salcedas, de la que es titular el exbanquero Mario Conde, que viene a declarar a la compa?¨ªa como responsable subsidiaria de la deuda del financiero tras una larga batalla tributaria que se prolonga durante casi 20 a?os.
La sentencia, dictada el pasado 20 de mayo, en realidad lo que hace es reforzar la decisi¨®n del Tribunal Econ¨®mico Administrativo Central (TEAC), el primer ¨®rgano judicial para temas administrativos y fiscales, que desestim¨® mediante silencio administrativo la petici¨®n de la empresa de Conde. Las Salcedas hab¨ªa recurrido el acta tributaria presentada por la Delegaci¨®n Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria que la consideraba responsable subsidiaria de la deuda tributaria del expresidente de Banesto por un importe de 8.254.381,73 euros. Pero el TEAC ni siquiera contest¨® al recurso, al considerar que los argumentos de la empresa del exbanquero no ten¨ªan suficiente justificaci¨®n. Ahora la Audiencia pone voz al TEAC, refuerza su decisi¨®n y obliga a Las Salcedas a responder por la deuda de Conde porque existe ¡°confusi¨®n patrimonial y una estrecha conexi¨®n, una ¨ªntima relaci¨®n, entre el deudor principal y la declarada responsable¡±.
En la lista de morosos con Hacienda
Mario Conde aparece en las ¨²ltimas listas de morosos con Hacienda, donde figuran los contribuyentes con pagos pendientes superiores al mill¨®n de euros. En el caso de Conde, est¨¢ incluido en la relaci¨®n de morosos con una deuda de 8,3 millones. Las Salcedas, la sociedad matriz del entramado empresarial de Conde, tambi¨¦n est¨¢ en la lista de deudores con Hacienda por un importe de 4,2 millones, seg¨²n la ¨²ltima relaci¨®n publicada por la Agencia Tributaria hace un par de semanas. Se da la circunstancia de que en la lista de morosos de hace cuatro a?os, Conde figuraba con una deuda de 14,9 millones y Las Salcedas no figuraba. En las listas siguientes se observa como conforme se reducen las obligaciones tributarias de Conde aumentan las de Las Salcedas.
En la primavera de 2016, Mario Conde y sus dos hijos fueron arrestados acusados de haber repatriado 14 millones de euros desde Suiza, Reino Unido, Italia y Pa¨ªses Bajos. La Fiscal¨ªa sospechaba que tra¨ªa de vuelta el dinero del que se apropi¨® a fines de los ochenta y comienzos de los noventa cuando era presidente de Banesto y que deb¨ªa reintegrar a la entidad por las sentencias de los casos Argentia Trust y Banesto.
Pero dos a?os despu¨¦s, el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz archiv¨® la investigaci¨®n por blanqueo de capitales y delitos financieros. El magistrado concluy¨® que el origen de los fondos que Conde guardaba en diversas cuentas suizas es ¡°anterior¡± a su paso por Banesto y no est¨¢n relacionados con la extinta entidad bancaria, que dirigi¨® entre 1987 y diciembre de 1993. En concreto, provienen de ingresos generados entre 1980 y 1985 por la venta de la empresa farmac¨¦utica Antibi¨®ticos SA a la multinacional italiana Montedison y por una inversi¨®n inmobiliaria en Londres, que mantuvo entre 1994 y 2010, seg¨²n public¨® este mismo diario.
Un proceso que se prolonga casi 20 a?os
En realidad, el pulso tributario de Conde con Hacienda que ahora dirime la sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional se debe a los IRPF de los a?os comprendidos entre 1988 y 1994 y 1996, los correspondientes intereses de demora y el acta de inspecci¨®n de la liquidaci¨®n del IRPF de 2009. La inspecci¨®n comenz¨® en junio de 1994 y casi 20 a?os despu¨¦s sigue coleando en los tribunales. En su recurso, Conde alega que las actuaciones de Hacienda se prolongaron m¨¢s all¨¢ del tiempo legal y las califica como ¡°diligencias argucia¡± para dilatar el proceso m¨¢s all¨¢ de los plazos legales. Sin embargo, la sala de la Audiencia considera que ¡°no puede considerarse que nos encontremos ante diligencias dilatorias¡ son actuaciones tendentes a avanzar en el procedimiento y completar el examen de la situaci¨®n tributaria¡±. Y precisa: ¡°Son actuaciones complejas plagadas de escollos y dificultades, en las que repetidas veces es el propio interesado quien solicita aplazamientos porque necesita tiempo para el examen y estudio de lo actuado sin que a la postre comunicara a la administraci¨®n cu¨¢ndo pod¨ªan reanudarse las actuaciones¡±.
Tambi¨¦n rechaza la Audiencia el argumento de Las Salcedas de que no procede la derivaci¨®n de la deuda tributaria de Conde por concepto del IRPF de 1993 por rentas pagadas al exbanquero por otra sociedad del grupo empresarial de la familia. Y defiende el traspaso de responsabilidad subsidiaria bas¨¢ndose en el art¨ªculo 43 de la Ley General Tributaria: ¡°Ser¨¢n responsables subsidiarios de la deuda tributaria las siguientes personas o entidades: las personas o entidades de las que los obligados tributarios tengan el control efectivo, total o parcial, o en las que concurra una voluntad com¨²n con dichos obligados tributarios cuando resulte acreditado que tales personas o entidades han sido creadas o utilizadas de forma abusiva o fraudulenta como medio de elusi¨®n de responsabilidad patrimonial frente a la Hacienda P¨²blica¡±.
Trama de sociedades
En la sentencia, la Audiencia lo deja claro: ¡°El acuerdo de declaraci¨®n de responsabilidad detalla y relata con amplitud exhaustiva y sistem¨¢tica el entramado societario existente, verdaderamente complejo, y la interrelaci¨®n existente entre los sujetos intervinientes¡±. Los magistrados describen durante las 14 p¨¢ginas de la sentencia la historia de la relaci¨®n entre las empresas de Conde, con sus sucesivas ampliaciones y reducciones de capital, y su n¨²cleo familiar ¡ªlos hijos llegaron a tener participaciones importantes en el entramado empresarial cuando a¨²n eran menores de edad¡ª.
Por eso, durante su argumentaci¨®n los jueces recalcan que ¡°cabe considerar que s¨ª puede estimarse la existencia de unicidad de esferas econ¨®micas [entre las empresas y Conde], y desde luego confusi¨®n patrimonial y una estrecha conexi¨®n, una ¨ªntima relaci¨®n, entre el deudor principal y la declarada responsable, actuaciones descritas con precisi¨®n, ya se ha dicho, en el acuerdo de derivaci¨®n¡±. Por eso la sala de lo contencioso estima que las actuaciones practicadas ponen de relieve ¡°la existencia de m¨²ltiples indicios que evidencian la existencia de una trama de sociedades, en la que se sit¨²a la gesti¨®n coincidente de entidades controladas por Mario Conde y familiares inmediatos¡±.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.