El Constitucional avala la ley de plazos del aborto
La nueva mayor¨ªa progresista del tribunal consagra el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo en las primeras 14 semanas de gestaci¨®n. La sentencia ha salido adelante por siete votos a cuatro
El Tribunal Constitucional ha avalado este martes de forma definitiva, por siete votos a cuatro, la ley del aborto de 2010, que consagra el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo en las primeras 14 semanas de gestaci¨®n sin necesidad de cumplir ning¨²n requisito. El tribunal, con mayor¨ªa progresista desde su renovaci¨®n en enero, rechaza as¨ª el recurso presentado por el PP hace 13 a?os. La sentencia ha sido redactada por la magistrada Inmaculada Montalb¨¢n y ha dividido al tribunal: el sector progresista a favor, el conservador en contra. Una de las magistradas progresistas, Mar¨ªa Luisa Balaguer, ha emitido un voto concurrente, es decir, conforme con el sentido de la sentencia pero con argumentos propios.
El sentido de la sentencia se conoc¨ªa desde febrero, cuando la nueva mayor¨ªa progresista del tribunal rechaz¨® el primer borrador, elaborado entonces por el magistrado del sector conservador Enrique Arnaldo. Aquella ponencia consideraba ya plenamente constitucional el sistema de plazos, pero propon¨ªa anular el art¨ªculo 17 de la ley por considerar que no garantizaba una informaci¨®n completa y exhaustiva a la embarazada antes de que esta tomase su decisi¨®n. Arnaldo propon¨ªa que la mujer que comunicara su intenci¨®n de abortar fuera informada no solo por escrito, sino tambi¨¦n verbalmente, sobre la intervenci¨®n a la que se iba a someter y sobre las posibles alternativas, como la existencia de ayudas p¨²blicas a la maternidad. La ley de 2010 solo garantizaba la informaci¨®n escrita.
La mayor¨ªa progresista del Constitucional rechaz¨® anular dicho precepto y defendi¨® que el aval a la ley del aborto deb¨ªa ser completo. Por eso la ponencia decay¨® y la magistrada Montalb¨¢n asumi¨® la redacci¨®n de una nueva sentencia, cuyo contenido se ha conocido este martes.
Entre medias, ha entrado en vigor una reforma parcial de la ley, aprobada por el Parlamento en febrero. Esa reforma suprime la necesidad de permiso paterno para las mujeres de 16 y 17 a?os que decidan abortar (que introdujo el Gobierno del PP en 2015) y elimina tambi¨¦n la obligaci¨®n de informar a la embarazada por escrito de las alternativas al aborto y la obligaci¨®n de que ella reflexione durante tres d¨ªas (requisitos que recog¨ªa la ley de 2010).
La sentencia sobre la ley del aborto es la que m¨¢s se ha demorado en la historia del tribunal. La ley fue recurrida por el PP en 2010, pero el Constitucional aparc¨® la deliberaci¨®n de este asunto durante m¨¢s de una d¨¦cada al constatar que no exist¨ªa consenso en su seno. La ponencia del magistrado Enrique Arnaldo fue redactada hace m¨¢s de un a?o y la idea era debatirla despu¨¦s de la Semana Santa de 2022, pero el ¨®rgano de garant¨ªas decidi¨® aplazar de nuevo la discusi¨®n para no generar nuevas tensiones en el tribunal, al que le faltaba apenas un mes para concluir su mandato con la composici¨®n que ten¨ªa entonces.
En ese momento, el Constitucional ten¨ªa una mayor¨ªa conservadora, la que aprob¨® las sentencias que anularon el estado de alarma como instrumento jur¨ªdico para hacer frente a la pandemia. Ese debate ya supuso un gran desgaste para el tribunal, que no quiso repetir la experiencia a las puertas de su te¨®rica renovaci¨®n, aunque finalmente el cambio no lleg¨® hasta enero de 2023. Pedro Gonz¨¢lez-Trevijano y Juan Antonio Xiol, respectivamente presidente y vicepresidente del Constitucional hasta esa fecha, acordaron el aplazamiento a la espera de ser renovados. Su sustituci¨®n en enero dio paso a una nueva fase del Constitucional, ya con mayor¨ªa progresista, en la que fue elegido presidente C¨¢ndido Conde-Pumpido y vicepresidenta, Inmaculada Montalb¨¢n. Una de sus primeras decisiones fue llevar a la mayor brevedad posible al pleno la deliberaci¨®n sobre la ley del aborto, sobre la que ahora, cuatro meses m¨¢s tarde y tras el mencionado rechazo del primer borrador de fallo, el tribunal ha dictado definitivamente sentencia.
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