Garz¨®n pide al Constitucional que anule la decisi¨®n sobre su condena
El exjuez recuerda que en el rechazo de su recurso intervino P¨¦rez de los Cobos
El exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garz¨®n ha pedido al Tribunal Constitucional que anule la providencia que en noviembre de 2012 rechaz¨® tramitar su recurso contra la condena de 11 a?os de inhabilitaci¨®n que le impuso el Tribunal Supremo al ser el presidente del tribunal de garant¨ªas, Francisco P¨¦rez de los Cobos, uno de los firmantes de la resoluci¨®n.
Los abogados de Garz¨®n, Jos¨¦ Luis Fuertes Su¨¢rez y Javier Yag¨¹e Garc¨ªa, han presentado este viernes una petici¨®n de "nulidad absoluta de actuaciones" de la providencia que rechaz¨® tramitar el recurso del entonces juez contra su condena al entender que De los Cobos, al haber sido designado magistrado de este ¨®rgano ocultando su condici¨®n de militante de PP, incurri¨® en incompatibilidad y su participaci¨®n en la deliberaci¨®n no es v¨¢lida.
Seg¨²n un comunicado emitido por los letrados de Garz¨®n, la interpretaci¨®n "l¨®gica y sistem¨¢tica elemental" de la regulaci¨®n de las incompatibilidades prevista en el art¨ªculo 19 de Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional "lleva necesariamente a que tenga que ser de aplicaci¨®n a los magistrados del m¨¢s alto Tribunal".
A?aden en su recurso que carece de sentido "que el m¨¢s humilde juez de pueblo no pueda ser militante de un partido y que s¨ª lo pueda ser el Presidente del Tribunal Constitucional". Baltasar Garz¨®n y sus letrados se plantean incluso pedir formalmente al Rey la nulidad radical de su nombramiento, al amparo del art. 16 de la ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional y del art¨ªculo 6.3 del C¨®digo Civil, y exigir las responsabilidades a que hubiera lugar.
Proceso contra el PP
Adem¨¢s, en el caso de Baltasar Garz¨®n, indican los letrados que "la apariencia de ausencia de la obligada imparcialidad subjetiva de P¨¦rez de los Cobos, en cuanto militante del PP, es clamorosa, ya que en su recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional se cuestionaba la condena de Baltasar Garz¨®n por unas escuchas acordadas por ¨¦l en una investigaci¨®n criminal dirigida contra dirigentes y miembros del PP".
Para la defensa de Garz¨®n, "no cabe explicaci¨®n ni excusa alguna para su silencio en aquel momento sobre este crucial extremo" y, de haberse sabido, habr¨ªan procedido a su inmediata recusaci¨®n".
"Al no haberse abstenido ni revelado su militancia, la decisi¨®n es nula de pleno derecho", insisten los letrados, que citan el art¨ªculo 228.3 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ), con independencia del criterio de los otros magistrados en aquel caso.
Finalmente, Garz¨®n considera que la situaci¨®n de P¨¦rez de los Cobos es "insostenible e insubsanable" aunque luego hubiera pedido formalmente la baja del partido. "Nada podr¨ªa sanar el vicio de origen de nulidad de su nombramiento, que quebrant¨® una norma imperativa de prohibici¨®n", a?aden.
"Ello lleva adem¨¢s al Tribunal Constitucional a una situaci¨®n insostenible, en la que su presidente tendr¨ªa que abstenerse en todos los Plenos o deliberaciones en que se cuestionaran leyes, normas o actuaciones del PP, por lo que en la pr¨¢ctica el ¨®rgano carecer¨ªa de presidente efectivo, lo que es un desfallecimiento intolerable de la alta instituci¨®n".
El exmagistrado alegaba en su recurso que el fallo del Supremo pon¨ªa en peligro la independencia judicial que garantiza la Constituci¨®n y a?ad¨ªa que su condena a 11 a?os de inhabilitaci¨®n es "grav¨ªsimamente inconstitucional en t¨¦rminos hasta ahora desconocidos en nuestro Estado democr¨¢tico".
Sus alegaciones fueron rechazadas de plano en una una providencia fechada el 29 de octubre de 2012 y firmd por los magistrados Pablo P¨¦rez Tremps, Francisco Jos¨¦ Hernando y Francisco P¨¦rez de los Cobos.
Se?alaban, que "dada la manifiesta inexistencia de violaci¨®n de un derecho fundamental tutelable en amparo, violaci¨®n que, de acuerdo con el art¨ªculo 44.1 Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional (LOTC) es condici¨®n para que este Tribunal pueda ejercer dicha tutela".
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